¿Cuánto tiempo de antelación se ha pedir que se incluya un asunto en una reunión de una comunidad de propietarios?

Me hago esta pregunta porque desconozco si algún plazo en concreto para solicitar que se un asunto importante y que se incluya en el orden del día como una obra que se haya echo sin consentimiento o pedir el cese del cargo de la junta directiva. Ese plazo es igual o distinto dependiendo si es ordinaria o no. Es que en la última reunón ordinaria que hemos tenido se le pidió al administrador que inclusa en el orden su cese y no fue eso lo que hizo sino qué en el apartado de elección de cargos incluyo el de secretario que 7 años atrás jamás se votó su renovación, esta vez tampoco se pudo llevar acabo porque 5 personas empezaron a liarla y no se pudo votar, este señor lo que hizo me refiero al administrador es que después de habérselo pedido por carta por este y el haber firmado dicha carto no lo inclulló tal y como se le había solicitado además se le envió otra carta al presidente pidiendo que se incluyera en el orden del día. Le hago la pregunta del plazo por la siguiente circuntancia que sucedió se le llevá la carta en persona para que la firme y la firmó pensábamos que no lo haría, ese mismo día descubrimos al hablar con el presidente que la reunión estaba ya preparada pero aún no nos habían enviando las cartas, mejor dicho fotocopias nunca cartas, para nuestra sorpresa al día siguiente de haberle solicitado el cese por escrito nos encontramos con la convocatoria de la reunión y lo que es peor que la fecha de la misma era del día de antes de llevarle la carta al señor administrador pero la convocatoria no nos llegó hasta después de entregar la solicitud. Si hay un plazo cual es y esta convocatoria no es un tanto extraña ni siquiera la firma el presidente ya que esté no sabía los puntos a tratar hasta unos minutos antes de la reunión porque señor administrador lo avisa por teléfono. Ya hemos cambiado al presidente, nos ha da que hay algún listo o listos que no las ha querido colar. Lo que se hizo esta bien echo o hemos metido la pata y mira que nos habíamos asesorado antes para enviarle la carta tanto al presidente como al administrador, pero de nada sirvió porque el administrador hace siempre lo que le dicen 5 personas. Lo dicho cual es ese plazo si existe y si nosotros hemos dado mal los pasos que hemos de seguido y de ser así que deberíamos haber echo.

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No existe un plazo legal. Simplemente, deben hacerlo antes de que se convoque la reunión.

Si los que están descontentos con la gestión del Administrador son mayoría, pueden convocar una reunión extraordinaria para cesarlo (con el 25% de cuotas y propietarios es suficiente para convocarla, si el Presidente no quiere hacerlo). De todos modos, revisen el contrato, si lo tienen, por si establece algún tipo de penalización si se le cesa antes del vencimiento.

Se niega a suministrar el contrato, que podemos hacer para que nos dé una copia del mismo si es que la tiene

Reclámensela por escrito, por medio de un burofax. El Administrador no es más que un empleado de la Comunidad. Y el contrato es un documento de la Comunidad. El Administrador está obligado a mostrárselo, si así se le requiere.

También pueden ponerse en contacto con el Colegio de Administradores de su provincia (en caso de que su Administrador esté colegiado), para exponer su queja ante las irregularidades que comete.

Tampoco sabemos si esta colegiado, me da que no. Este personaje no debe ser muy serio cuando lo están echando de todas las comunidades de donde ha estado como administrador.

como podemos informarnos si este hombre esta o no colegiado.

Ya me he informado no esta colegiado. Y si a pesar de mandarle el burofax se niega a suministrar el contrato,que podemos hacer. Espero no que no sea el llegar al juzgado. Ojalá este hombre entrará en razón.

Si contratan un nuevo administrador, les recomiendo que esté colegiado y con póliza de responsabilidad civil en vigor. Se ahorrarán problemas.

Por lo que comenta, empiezo a sospechar que, igual, no tiene ni contrato y por eso se niega a mostrarlo. Es posible que, incluso, le estén pagando sin factura. ¿Les ha presentado alguna vez alguna factura? Quizá está cobrando de forma irregular.

No sé, pero les aconsejo que lo aclaren lo antes posible. Presionen para que les deje ver el contrato, las facturas, etc. Es su obligación. Si no lo hace, amenacen con denunciarlo por todas las irregularidades. Y, cuanto antes, propónganse acabar con su relación y buscar a un buen administrador

Nunca ha presentado facturas para cobrarle, es más, es una pelea continua para que presente una factura por ejemplo de una obra, nos presenta un papelito con un reparto para el cobro nunca coincide con las facturas, nos ha costado peleas para que las hiciera con IVA. Se le esta presionando y nada, llevamos casi 2 años para que muestre su contrato y se niega. Sabemos que el presidente anterior le ha estado pagando con cheques nominativos, es esto legal o no. Si estamos buscando uno nuevo y hemos pedido una auditoría, porque la última tropelía es que ha redactado un acto que refleja lo sucedido en la reunión anterior, es todo tergiversado. Esta obligando al presidente entrante, tiene obligación si ni siquiera ha presidido la reunión el acta si es todo. Coge cheques y saca el dinero sin justicar, no se en que momento le dieron firma autorizada en el banco esto es una tropelía. Estamos un grupo que queremos echar a este señor, pero 5 personas que soló saben liarla. Algo sacarán con querer que se quede. Es lo único que nos falta ya apercibirle que o nos presenta el contrato o se le denuncia. Con respecto a gente que lo ha tenido en otras comunidades que trabajo sin contrato, pero aquí no lo presenta. Se le podría mandar una carta con acuse de recibido pidiéndole que rimita el contrato en un plazo determinado si no hiciera denunciarlo, es legal o no este paso.

De que forma tendríamos que haberle pagado legalmente y que documentación debería tener este señor si todo fuera legal, me imagino que como trabajador tiene que estar dado de alto en la seguridad social, seguro que ni eso. Puede explicar de en que consiste la póliza de responsalibilidad civil, este seguro ni la tiene, no hemos oído hablar de eso.

Si le están pagando, para que sea legal, debe presentarles una factura (con IVA).

Y sí, él debería estar dado de alta en la Seguridad Social, ya sea como autónomo o como trabajador por cuenta ajena, pagando sus cotizaciones e impuestos (aunque eso ya no sea problema de Uds.).

Todo parece muy irregular.

¿Cree Ud. que los vecinos que apoyan a este señor son mayoría? Si no lo son, está claro que deberían Uds. quitarse a esta persona de encima.

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