Gastos comunidad

Buenos días:
Estamos en trámites de comprar una vivienda. Se trata de un ático dúplex. El promotor nos vende los dos pisos y en el momento de la firma de la escritura realizamos nosotros la agrupación de las dos viviendas.
Mi pregunta es:
¿Cómo repercutirá este hecho en los gastos de comunidad?
Si en la junta de propietarios se acuerda pagar los gastos fijos de comunidad en cuotas iguales para todos, ¿pueden obligarnos a pagar doble cuota al haber hecho nosotros la agrupación?
Gracias

1 respuesta

Respuesta
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A ver; te respondo por partes, ya que la otra pregunta que fórmulas sigue en la línea de esta. Intentaré ser concreta:
- Cuando dices que has "agrupado las dos viviendas en una" entiendo que has variado las escrituras, y que por tanto no se trata sólo de una situación física de que has comunicado ambos pisos. Bien, si es así, el coeficiente escritural será la suma de los dos que previamente tenían a nivel independiente; de manera que por coeficiente de propiedad tu aportación será la misma que si hubieses comprado las dos viviendas y les hubieras dado uso independiente. Si los gastos se reparten a partes iguales, y tu vivienda consta escrituralmente y en la división horizontal como única, sólo pueden atribuirte un pago.
Proseguimos en tu otra pregunta...

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