Barreras arquitectónicas

Tengo un local comercial que no tiene acceso al portal ni al ascensor.la comunidad quiere hacer reformas para quitar las barreras arquitectónicas y lo han aprobado por unaminidad y hay dos opciones una poner una plataforma hasta el entresuelo que es donde esta el ascensor.y la otra es bajar el ascensor hasta abajo que es mucho más cara Mi pregunta es me corresponde pagar lo correspondiente a mi coeficiente si no tengo ningún acceso a el portal ni al ascensor.
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Le puedo hacer una pregunta ¿Tiene vd., acceso a la cubierta del edificio? - Pero le corresponde pagar su parte en el caso de que se produzca una avería bajo responsabilidad de la Comunidad.
Pues este es el mismo caso, forma parte de la Comunidad el realizar este tipo de acciones de supresión de barreras arquitectónicas, siendo vd., uno más y por tanto viniendo obligado en este caso.

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