Luz de obra

Hola a todos. Me compré un apartamento de nueva vivienda hace aproximadamente 2 años. Estoy viviendo en e desde el mes de julio de 2008 con luz de obra. Yo no le daba importancia a ese detalle porque pensaba que lo solucionaría el promotor. Hace 1 mes que el promotor nos reunió a los propietarios diciendo que no podía hacer frente a más recibos de luz y que teníamos que pagar los que quedaban ( noviembre, diciembre y enero), alrededor de unos 3000 y pico euros; nos dijo que si pagábamos el total de la deuda todo se solucionaría. Al final pagamos. No obstante, me fui a iberdrola para comprobar porque motivo no nos ponían los contadore de luz. Ibredrola me dice que no se puede dar el alta de la luz porque el proyecto eléctrico no estaba cerrado ( ni idea ). Bueno ha pasado un mes después de pagar y no hay ningún resultado. No se porque motivo no me puedo dar de alta si tengo mi célula de habitabilidad. Que puedo hacer ante todo esto. Gracias.

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Legalmente usted no podría estar viviendo en el apartamento, ya que carece de cedula de habitabilidad.
Por lo que me indica es muy probable que las exigencias que le requiere Iberdrola a la promotora no se atiendan. Puede que no haya abonado los derechos de acometida o algo similar. Puede que tengan que poner un transformador, etc.
A mi entender no deberían pagar los recibos de luz, no les corresponde.
Vayan a Iberdrola y pregunten el porque no pueden darle de alta y que le indiquen los motivos reales.
A continuación requieran a la promotora para que ponga todo en orden y si no lo hace no le queda más remedio que demandar por la vía judicial.
Tengan cuidado que puede quedársele ese marrón encima y costarle un pico el arreglar la situación.
Si precisara alguna aclaración no duden en consultar de nuevo.
Creo que no me ha entendido bien. Si poseo célula de habitabilidad, boletín de instalaciones de agua y certificado de instalación eléctica de baja tensión. No sé el motivo de que iberdrola lo único que me aclaró es que el proyecto eléctrico no estaba cerrado ( ni idea ). Con todos estos certificados puedo pedir el alta de mi contador o es que me falta algún papel más. Gracias
Con el certificado de habitalidad y el de la instalación debería poder contratar la luz.
Si la acometida al edificio esta incompleta deberá exigir a la promotora que la realice.
Puede ir igualmente a la delegación de urbanismo del ayuntamiento que ha dado el certificado de habitabilidad e indicarle lo que le sucede. El ayuntamiento debe velar por el cumplimiento de las normativas por eso da la licencia de primera ocupación.

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