Garaje

¿A qué se refiere concretamente cuando habla de la Cámara de la Propiedad? He ido al ayuntamiento y he hablado con un arquitecto, me ha señalado que la normativa dice:
"Los garajes o aparcamientos deben disponer de sistemas de ventilación natural o forzada para la evacuación de humos en caso de incendio.
Para la ventilación natural son suficientes huecos o conductos comunicados con el exterior cuya sección sea 0,5m2 por cada 200 m2 de superficie útil de aparcamiento.
El sistema forzado debe ser capaz de realizar 6 renovaciones por hora y dispondrá de mandos selectivos por niveles de planta para la puesta en marcha y parada de los ventiladores, situados en lugares de fácil acceso y señalizados."
Lógicamente dichos huecos están en la puerta de entrada del garaje y ademas cada garaje particular dispone de un ventanal que da a la calle.
Entonces, según esta norma, ¿qué debemos hacer?
Gracias y un saludo.

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La Cámara de la propiedad es un organismo para orientar a los propietarios de pisos. Creo que la norma es suficientemente clara, así que podéis aplicarla
Dígame, si es tan amable, concretamente qué es lo legal.
Gracias.
No sé qué puede ser legal, pero si no tienes nada más en concreto, pregunta al administrador de la comunidad de propietarios, que él tiene obligación de saberlo y asesoraos

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