Sobre construcción en suelo rústico

Tenemos al lado del pueblo una finca rústica, en la que en las escrituras pone que corresponde la mitad proindivisa, para mí padre y para mí tío. Ambos cultivan en sus mitades hortaliza.

Entonces surgen diversas preguntas:

-Se puede construir en nuestra mitad teniendo en cuenta, que ahora está catalogado como rústico, y que la finca está pegada al pueblo y pasa junto a ella, luz, vertido, agua, etc...

-Si fuera posible como habría que delimitar nuestra mitad o que tramite habría que realizar, actualmente la partición esta hecha "a ojo".

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Dependiendo de la normativa específica de su comunidad autónoma, lo más probable es que solo puedan construir una vivienda si tienen una explotación agrícola debidamente registrada, y con las limitaciones que marque la normativa al respecto. En caso contrario no podrán construir más que pequeños almacenes para aperos o similares y con fuertes limitaciones de tamaño, altura y materiales.

Respecto a la división, si se pueden segregar las fincas (suele haber limitaciones en función de la superficie resultante) tendrán que hacer un Acta de Deslinde, señalar marcos de las fincas resultantes, solicitar la segregación y una vez aprobada actualizar la documentación en Registro, Catastro y Hacienda autonómica.

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