Obligación de fianza

Buenas tardes,
Me gustaría saber si es obligatorio entregar una fianza al firmar un contrato de alquiler, en caso afirmativo que cantidad es la mínima obligatoria, y si es también de carácter obligado depositarla en alguna institución.
Gracias.

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Respuesta
1
La cantidad mínima obligatoria es de una mensualidad de renta.
En todas las comunidades autónomas, excepto Navarra, es obligatorio para el arrendador depositarla en el organismo competente en vivienda de su comunidad autónoma.
Así lo expresa la LAU
Artículo 36. Fianza
1. A la celebración del contrato será obligatoria la exigencia y prestación de fianza en metálico en cantidad equivalente a una mensualidad de renta en el arrendamiento de viviendas y de dos en el arrendamiento para uso distinto del de vivienda.
...
5. Las partes podrán pactar cualquier tipo de garantía del cumplimiento por el arrendatario de sus obligaciones arrendaticias adicional a la fianza en metálico.
Y sobre la obligación de depositarla, puedes ver en este artículo del blog del abogado Pedro Hernández del Olmo, qué ley obliga a hacerlo en tu Comunidad Autónoma.
Saludos - Lo que debes saber antes de alquilar
Muchas gracias, es justo lo que quería saber y muy rápida la respuesta.
Encantada de encontrar personas tan competentes. Gracias nuevamente.

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