Si el propietario no deposita la fianza en IVIMA

Hola, me gustaría si es tan amable de resolverme unas dudas:
1º No tengo un contrato con el papel timbrado. Tengo un contrato que está escrito en folios por la propietaria, donde pone el domicilio del piso, su nombre dni, y varias cláusulas. ¿Éste sería un contrato legal?
2º En dicho contrato, en la cláusula de la fianza, lo tachó, y dijo que mejor lo hacíamos en un papel aparte, donde ella lo escribió de su puño y letra, su nombre y apellidos y la cantidad, pero no puso su dni. ¿Este papel es válido?
3º La propietaria no ha depositado la fianza en el Ivima, porque me lo ha dicho, además no quiere dejar rastros (también me lo ha dicho, qué morro tiene) por lo que la pago en mano, y ella me firmó un papelito guarripé, el primer mes, que decía "Recibo de " mi nombre, "la cantidad de 580? - 1 julio 2010" y firmado por la propietaria (vamos una mierda de papelito que no pone ni dni, ni apellidos ni nada).¿Este recibito es válido?
Claro, al segundo mes he comprado en el chino una libreta de recibos, donde ella se negaba a firmar, pero al final firmó.
El caso, es, teniendo en cuenta que compré unos muebles, y me ha dicho que cuando me vaya que se los deje en el estudio (¿cómo?) Sí así por todo el morro. Yo la dije que si me los pagaba, claro eran suyos, pero sino son míos. Pero esta señora, ¿cómo puede tener tanto morro?
Pues eso, estoy empezando a pensar, que mi fianza, que encima me pidió 2 meses, peligra bastante.
La pregunta más importante. Si el propietario no deposita la fianza en el ivima. ¿Qué hago yo? ¿Cómo el estado te hace responsable de la acción de otra persona?
Muchas gracias.
Respuesta
1
1º Si. El contrato es legal aunque se escribiera sobre una servilleta de papel.
2º No entiendo esta pregunta. ¿Qué papel? ¿Un recibo por el importe de la fianza? Si usted tiene un papelito que dice he recibido xxx euros en concepto de fianza de arrendamiento de tal piso, la fecha y la firma de la casera, en mi opinión es válido
3º Si. Es válido. Teniendo usted ese papelito, no podrá decirle que no le ha pagado. Y al fin y al cabo los recibos son para eso, para demostrar un pago.
4º Si el propietario no deposita la fianza en el ivima (solo es obligatorio ingresar un mes), usted no es responsable. Pero si le impiden desgravarse por no tener el resguardo, le voy a dejar este enlace de una pregunta semejante respondida por un SUPER-ABOGADO
http://www.enalquiler.com/comunidad-alquiler/inquilinos/es-legal-hacienda-pida-inquilino-fotocopia-deposito-fianza-ivima-desgravar-alquiler-menores-35_7003.html
De todos modos, su casera es un poco ingenua. Parece que pretende que Hacienda no se entere de que tiene el piso alquilado, y Hacienda se va a enterar porque usted en su IRPF va a poner que vive de alquiler en tal domicilio y el NIF del arrendador...
Muchas gracias por contestar.
He leído el enlace que me recomendaste, pero tampoco lo tiene claro.
Sí que debo comentar, que me acerqué al Ivima, y les pregunté que si la casera no dejaba la fianza, qué ocurría. Allí mismo me dijeron que no era cuenta mía si la propietaria no había depositado la fianza, y que lo desgravase. Ahí va eso (a ver si es verdad).
Ya veremos el año que viene (2011) lo que pasa. Pero a buen seguro que tendré problemas. Y prometo dejar la respuesta en internet para que lo sepa todo el mundo, ya que no he visto de nadie que haya comentado qué le ocurrió en este caso.
Gracias de todos modos por su atención.

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas