MODELO 347- no se si estoy obligado a presentarlo.

Tengo la duda de si tengo la obligación de presentar el modelo 347. Soy autónomo y he facturado con IVA y retención a un cliente durante varios meses como facturas de entrega a cuenta, en total supera la cantidad de 8000 euros, igualmente en una sola factura a otro cliente le facturé también con IVA y retención un importe de 4500. En principio yo entiendo que al llevar retención ya no tenía que declararla y que el modelo 347 era solo para las facturas que no llevaban IRPF. Y que superasen los 3.005,06 euros durante el año. Me lo podrían aclarar.

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Efectivamente los importes de la facturación a tu cliente constan a través del modelo 180, por lo tanto, a fin de evitar duplicidad en la aportación de datos a hacienda, desde hace unos años se estableció que en estos casos y otros no fuese necesario incluir este tipo de declarados en el modelo 347.

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Si, estas en lo cierto, si facturas con retención, no estas obligado a presentar el modelo 347, ya que los importes de estas, los declaran tus clientes en el modelo 190.

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