Modelo 111. Quién está obligado a presentarlo? (en castellano por favor)

Realizo una actividad profesional y facturo a una empresa italiana por prestación de servicios aquí en España, ¿tengo qué presentar el modelo 111?

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El modelo 111 lo presenta y paga la persona que realiza la retención, en este caso sus clientes.

Como su cliente es de fuera de España y usted le factura desde aquí, estas facturas no tienen retención (así las ha de emitir usted), pues ellos no son sujeto obligado a practicar retenciones en España.

También ha de tener cuidado con el IVA, pues puede ser intracomunitario (si ambos están dado de alta en el Registro de Operadores Intracomunitarios).

Muchas gracias por su respuesta. 

Me queda una duda, cuando dice que las facturas no tienen retención se refiere a que tampoco se retiene el IRPF? Es decir, no tengo que ingresar el 9%(por ser nueva autónoma) trimestralmente a Hacienda?

Y a parte de presentar el modelo 303 y 390 del IVA, tengo que presentar el modelo 130 del IRPF aunque no lo retenga y algún modelo más donde declare las operaciones intracomunitarias??

En las facturas que usted emite, el que realiza la retención es el cliente (le retiene un % que usted indica en la factura). Como es una empresa Italiana no ha de hacerle retención de IRPF (la retención solo se realiza a empresarios o profesionales españoles). Si su facturación con retención no es mas del 70% ha de presentar declaración modelo 130 de pagos fraccionados. Usted solo presentaría modelo 111 de retenciones si usted tiene trabajadores o facturas con retención de sus proveedores, como pueden ser un notario, abogados, etc.

Las operaciones intracomunitarias se declaran en el modelo 349 trimestralmente, entendemos que en su caso.

En cualquier caso, le recomendamos se ponga en manos de algún experto que le ayude con el tema fiscal. Si lo desea, puede encontrar información en nuestra web.

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