Responsabilidad del propietario en una caída en áreas comunes de un edificio

Vivo en un edificio de viviendas, todas estas arrendadas, hace un par de semanas mi madre se ha caído por las escaleras ya que el bombillo que ilumina las escaleras de la zona en que tuvo mi madre el accidente estaba roto, el casero lo había cambiado hacia un par de días pero ese mismo día por la tarde se rompió de nuevo. En este momento mi madre no goza de seguridad social por ser extranjera, evidentemente la lleve al centro de salud, de donde la remitieron al hospital para su valoración, se determinó que tenia una luxación en el tobillo. Ahora bien, al no tener seguridad social yo debo pagar los gastos acaecidos. ¿Tiene el propietario del edificio alguna responsabilidad? Él no declara a hacienda, y no existe comunidad de vecinos ni tiene contratado ningún seguro. Cabe destacar que ha sido negligente en algunos algunos aspectos ya que ahora mismo en mi piso hay problemas con la electricidad y las bombillas se queman con frecuencia, a lo que respondió que "eso no era algo urgente, y que ya iría el electricista"

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Para hacer una reclamación por responsabilidad civil, quien lo pretenda debe demostrar ante el Juez: a) Los daños y perjuicios sufridos b) La conducta culpable o negligente del presunto responsable c) El nexo causal entre a) y b).

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Si dices que el casero ha cambiado la bombilla hace dos días, a ver como demuestras algún tipo de negligencia por su parte.

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