¿He perdido las Vacaciones no disfrutadas?

Mi empresa me dice que he perdido las vacaciones no disfrutadas dl año pasado. En conscuencia, me las va a pagar... ¿puedo reclamar los días de vacaciones en lugar de cobrarlos? ¿Tengo algún plazo para reclamarlos?

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Según la ley las debes de disfrutar durante el año que corresponden. Así que en principio tienen razón al decirte que las has perdido. En consecuencia no te las podrán pagar porque está prohibido compensar económicamente las vacaciones no disfrutadas (eso sólo se puede hacer cuando por cualquier motivo finaliza tu contrato). Ni tampoco las puedes acumular para disfrutarlas en otro momento.

Ahora bien, existe la posibilidad de que tu convenio colectivo establezca otra cosa diferente que te pudiera beneficiar, por lo que te recomiendo que le eches un vistazo a ver que dice de las vacaciones por si se las pudieras reclamar a tu empresa.

Quería subrayar que la empresa es la que no me ha querido dar vacaciones, no que yo, no haya querido disfrutarlas, de hecho, en algún momento me las han negado. El convenio mio es de hostelería de Las Palmas.

Siendo así la cosa cambia bastante. Las vacaciones son un derecho irrenunciable por parte del trabajador, por lo que si no te las han concedido puedes interponer demanda ante el Juzgado de lo Social y posiblemente tener la sentencia en unas cuantas semanas por tratarse de un procedimiento rápido.

El plazo para presentar la demanda es de 20 días desde que solicitaste las vacaciones.

Y como te he dicho anteriormente no será necesario que reclames a la empresa su disfrute en lugar de su compensación económica, porque está prohibido compensar económicamente las vacaciones no disfrutadas. De ser reconocido tu derecho en sentencia, te darían de descanso los días que te corresponden de vacaciones.

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