Apartamento en planta baja.Gamberros pintan fachada.El seguro comunidad excluye pintura.Debo pagar yo el pintarla o la comunida?

Las pintadas hechas por unos gamberros en la fachada de la planta baja de mi apartamento no las cubre el seguro de la comunidad de vecinos porque una cláusula excluye este tipo de daños. Mi seguro del hogar se hizo cargo de todos los daños y pintadas realizadas en la terraza, persianas... Pero dice que las de la fachada pertenecen a la comunidad. La comunidad de vecinos afirma no tener que hacerse cargo de los gastos de la pintura de la misma. Mi pregunta es la siguiente ¿no debería hacerse cargo la comunidad del pago de pintar dicha fachada siendo que se trata de un elemento común de la misma?. En caso de que sea su responsabilidad ¿qué debo hacer puesto que ellos se niegan a pagarlo?

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En efecto, pintar la fachada es un tema de la Comunidad. Pero es una decisión que corresponde a la Junta de Propietarios. No se trata de una obra obligatoria, dado que no afecta a la habitabilidad o la seguridad del edificio. Es un tema estético. En consecuencia, si la mayoría decide no hacerlo, o no se hace, o se hace con la contribución de aquellos propietarios que sí deseen que se haga, si no hay oposición por parte del resto (que imagino que no habría).

La junta ya ha decidido no hacerse cargo de los gastos, por lo que supongo que la única solución es que los gastos los afronte yo personalmente, si quiero que la fachada esté sin las pintadas ¿no?. Porque legalmente no se les puede obligar a hacerse cargo, entiendo. Gracias.

En efecto. Me temo que no puede obligarles, puesto que los "grafitis" no afectan a la habitabilidad o la seguridad del edificio, por lo que, en este caso, pintar la fachada se puede considerar como una mejora prescindible. Diferente sería, en todo caso, que la fachada en general necesitase de una intervención de mantenimiento, porque el paso del tiempo la ha deteriorado (pudiendo incluso dar origen a problemas mayores, como filtraciones, por ejemplo).

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Como bien de dice Poliplos, se trata de daños estéticos que no están obligados a acometer el resto de propietarios.

Son daños que no afectan ni a las condiciones de habitabilidad ni a la salubridad de tu vivienda, por lo que si no quieren, el resto de propietarios no se tienen que hacer cargo.

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Creo que esta pregunta se la debes hacer aun profesional de derecho. Osea un abogado, yo no te puedo asesorar en esto,.

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