¿Cómo seria el procedimiento para reactivar una empresa que en estos momentos se encuentra inactiva?

Soy abogado recientemente ejerciendo la rama del derecho mercantil y quisiera me aclararan como procedo a reactivar una empresaq que en estos momentos se encuentra inactiva a efectos de todos los organismos registrados

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En España, para reactivar una empresa que se encuentra en situación de baja de la actividad empresarial, solo es necesario comunicar la actualización del estado empresarial en la Agencia Tributaria.

Solo es necesario indicar el cambio mediante el modelo 036 o 037, según corresponda a la sociedad o empresa que se pretende activar.

A partir del momento en el que se comunica la activación de la sociedad, la empresa volvería a tener las mismas obligaciones tributarias, fiscales y mercantiles que cualquier empresa en función de su sector, volumen de trabajo, ingresos, beneficios.

La reactivación de una empresa supone que la actividad de esta ha estado parada durante el periodo de tiempo en el que esta ha estado dada de baja, por lo tanto, el libro de cuentas de la sociedad empresarial no habrá sufrido modificaciones.

Sin embargo, durante el periodo de inactividad, las sociedades están obligadas a presentar en el Registro Mercantil el Libro de cuentas y el Libro de Actas, que no cambiarán de unos años a otros.

En el caso de que no se hayan presentado, habrá que presentarlo antes de reactivar la empresa.

En cuanto al Impuesto de Sociedades, aunque una sociedad esté declarada inactiva, es obligatoria la presentación anual de la declaración del impuesto de sociedades.

En el caso de que no se hubieran hecho las declaraciones empresariales anuales, estás se pueden presentar con posterioridad a las fechas obligatorias, antes de la activación de la empresa.

Tanto la no presentación de los libros de cuentas como la no declaración del impuesto de sociedades durante el tiempo que la empresa está dada de baja de la actividad pueden suponer sanciones para la empresa, aunque estas se presentaran con posterioridad.

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