¿Puede un banco ignorar la existencia de un aval?

En el año 1991 a otra persona y a mi nos "adjudicaron" un crédito avalado por una sociedad avalista. Este año me han embargado la parte proporcional de la pensión de jubilación porque aquel crédito al parecer resulto impagado y en el juicio ejecutivo se ha omitido reclamar a la sociedad avalista, se ha descartado a primer beneficiario y han ido directamente contra mí. ¿Es esto legal?

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Si la responsabilidad de usted y del avalista era solidaria, el acreedor puede elegir a quien demandar. Así, en principio, no le puedo decir que sea ilegal. Ahora bien, debería estudiarse la documentación con detenimiento para ver si existe algún resquicio legal.

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