Embargo a avalistas

Conozco un caso cercano en que los padres avalaron el negocio de su hija y su pareja hipotecando su propia vivienda. Los avalados han tenido muchos retrasos en los pagos tanto al préstamo del banco como a los proveedores y arrendatarios del local del negocio. Están a punto de traspasar el negocio para hacer frente a una parte de las deudas, sin embargo acaban de recibir un telegrama del banco que ya no pueden retener más los impagos y que se inicia el procedimiento pertinente de embargo. Esta pareja está actualmente sin trabajo con lo que no pueden pagar al banco hasta traspasar el negocio.
Me gustaría saber cómo podrían quedar afectados los padres avalistas (si se pueden quedar sin vivienda) teniendo en cuenta que ambos afectados están sin nómina y viven con sus padres. ¿En qué orden se ejecutaría el posible embargo? ¿Hay alguna forma de evitar que el embargo vaya contra la vivienda de los padres (p. Ej. Embargando parte de la nómina de los afectados)?

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Si los padres avalaron con la vivienda, no hay posibilidad de cambiar ese aval por otro. El riesgo del aval es precisamente que si no se paga, tiran de él y parece que va a ser el caso.
Una vez que el proceso de embargo está en marcha, la venta de los bienes a embargar estaría penado por la ley ya que se consideraría alzamiento de bienes, pero hay una posibilidad de venderlos demostrando que el dinero sacado es para pagar las deudas.
Te recomiendo que acudas a un profesional para que te gestione esta operación e intentar saldar las deudas con la venta del negocio porque si no es así, mucho me temo que embargarán el piso de los padres.

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