Exceso de horas-computo anual dependienta textil

Trabajo en unos grandes almacenes, mi jornada es de lunes a sábado 28 horas.

Convenio textil Bizkaia.

Al ser 28 horas de trabajo, realizo el 70% de la jornada completa que serian 1735 horas anuales.

En mi caso tendría que trabajar 1214,5 horas al año.

He calculado el porcentaje de horas que realizaré hasta final de año, y tengo un exceso de 70 horas + 1 día( que fue fiesta en mis vacaciones)

Trabajo en unos grandes almacenes, a las compañeras de otras firmas, la empresa les entrega al finalizar el año sus horas de computo, a disfrutar antes de que finalice.

¿De qué manera se lo expongo yo a la empresa?

Se pueden negar a darme, ¿algún día de computo?

¿Tienen obligación de entregar al trabajador las horas trabajadas hasta final de año?

Ainnss,,.

1 Respuesta

Respuesta
1

Si tienes una reducción del 30% de jornada, y al año tienes que hacer 1214.50 horas no puedes calcular el % que te falta a final de año... tienes que ponerte con un calendario y CONTAR exactamente cuántas horas has hecho y te quedan... que realmente vayas a trabajar... y si te sale exceso tendrán que pagártelas porque estarás trabajando más de ese 70% de jornada por el que te pagan...

No sé cómo serán pero si presentan los calendarios a las demás es que son más o menos legales por lo que es muy posible que no pase nada y te contesten si les haces la consulta y que te lo expliquen, 1º porque te has podido equivocar... igual no lo has tenido todo en cuenta, 2º porque bueno las excepciones por desgracia a veces se escapan y tienes que "recordárselo" y3º porque si tienes razón debes reclamar una explicación...

Tecnicamente hay dos formas de compensar... dando días libres o pagándolo

El día de vacaciones te lo deberán si tu tienes vacaciones en días laborables... porque si por ejemplo tienes 30 días naturales, ese festivo computaba como vacaciones...

Si tienes más o menos 22 días laborables, entonces sí, te lo deben y deberías solicitarlo antes de fin de año o lo pierdes automáticamente...

Por supuesto si estás trabajando de más tienen obligación de compensártelo... ya que te presenten un cuadrante, una hoja informativa o nada... son temas más de políticas internas que una obligación legal...

gracias!!

si, si,.. he calculado las horas trabajadas este año con calendario en mano..contando día a día.....de ahí, que sepa exactamente las horas que realizare al finalizar el año ...(1284 horas + 30 minutos)

Y realizando la jornada a 28 horas tendría que trabajar 1214.5 horas

Por lo tanto tengo derecho a reclamar, verdad?

Gracias!!!

Besines!

Si, tienes todo el derecho a reclamar, la cuestión es que esas horas las has trabajado de más, debería o pagarte la diferencia o deberían haberte ajustado bien la jornada a principio de año.

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas