Factura IRPF sin IVA (cuenta ajena)

Siendo trabajador por cuenta ajena (y sin ser autónomo) he realizado un artículo escrito el cual lo he vendido por 9.99e a un particular.
Ese particular, una vez recibido el escrito y habiéndomelo pagado, me pide que se lo facture a la Universidad, así no lo paga él.

Le he comentado un par de veces que si con un recibo con mi nombre y DNI le valdría, pero me insiste que no, que debe ser una factura.
Me he dado de alta en el IAE (sé que no tengo que poner IVA, solo IRPF) pero no sé cómo hacerle la factura, si debo sumar ese irpf o restarlo, porque ya le he cobrado los 9.99e.

Otra opción sería poner directamente los 9.99e y no desglosar nada, pero no sé si sería correcto.

En hacienda no me han resuelto la duda, luego ¿podría algún experto comentarme la forma de hacer dicha factura?

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El IVA es obligatorio reflejarlo en todas las facturas, pero en el caso de los autónomos sujetos a IRPF, es este IRPF el que anula el IVA.-

Así por ejemplo, deberías hacer algo como esto:

Articulo Vendido = 9,99€

IVA = 21% (2,10€)

IRPF = -21% (en negativo) (-2,10€)

TOTAL FACTURA = 9,99€

... Con esto, ya tienes resuelto el problema...

Un saludo y espero haberte aclarado el problema.

Hola, gracias por la respuesta pero incido en que no soy autónomo, trabajo por cuenta ajena y pienso que no tengo que pagar el IVA según lo dispuesto en el artículo 20 de la Ley 37/1992 donde se indican que están exentos de pago del IVA los servicios profesionales, incluidos aquéllos cuya contraprestación consista en derechos de autor, prestados por artistas plásticos, escritores, colaboradores literarios, gráficos y fotográficos de periódicos y revistas, compositores musicales, autores de obras teatrales y de argumento, adaptación, guión y diálogos de las obras audiovisuales, traductores y adaptadores.

Mi caso encaja con derecho de autor, escritor... y es posiblemente no ingrese más dinero de forma "extra" en todo el año, luego ¿sería correcto lo que me indicas?

Tal vez debería de hacer la factura como me indicas así le cobro los 9.99e y no me toca devolverle nada y esos 2.10e los declaro en la renta.

Si me lo puedes confirmar.

Gracias por tu ayuda.

Perdón... Tanto has recalcado que NO eres autónomo que entendí justo lo contrario...

En principio, para poder hacer una factura, deberías estar dado de alta en alguna actividad empresarial, pero existe un vacío legal por el que cualquier persona física puede hacer una factura. (Por la venta de algún mueble, por ejemplo)...

Las condiciones para hacer este tipo de factura es que no superen los 7740€ anuales (Lo que se considera el salario mínimo de 645€/mes y es lo mínimo exigible para pagar impuestos)

Por tanto, tal y como te comentaba anteriormente, la factura la tienes que hacer con IRPF tal como el ejemplo anterior que te puse

Después,. En la declaración de la renta, tu tienes que declarar como ingreso esos 9,99€, pero los 2.10 los debe de ingresar tu cliente en Hacienda en tu nombre (por eso se llama "Retención", porque te los "retiene". Y los ingresa él.

Un saludo y espero haber sido más claro en esta ocasión...

Perdona que insista, pero si no debo de poner IVA, ¿cómo sería? pues lo que me indicas es con IVA y en Hacienda ya me han dicho que efectivamente no tengo que declarar IVA, solo IRPF.

Articulo Vendido = 9,99€
IRPF = -21% (en negativo) (-2,10€)
TOTAL FACTURA = 7,89€

¿quiere decir que en realidad le debía de haber cobrado 7.89e?

Tal vez lo mejor sea dar una factura de 9.99e sin especificar nada y ya declarar yo en la renta los 2.10e.

Gracias

Lo que te han dicho en Hacienda, es correcto... No debes DECLARAR el IVA que cobres en esta factura... pero no quiere decir que no tengas que desglosarlo.

El desglose de IVA ayuda a la empresa a saber qué cantidades debe poner en las cuentas contables para cuadrar la factura... Quizás no sea obligatorio, pero si es productivo a la hora de entregar una factura. -Es igual que si quieres hacer una factura solo indicando el porcentaje de iva y el total de factura... es legal, pero improductivo para la empresa que recibe el documento.

Tampoco debes DECLARAR el IRPF, pero es obligatorio ponerlo para indicar a la empresa que debe retenerte esa cantidad e ingresarla en Hacienda a tu nombre. En este caso, lo que declararás será el ingreso de los 9.99€ en tu cuenta como un beneficio y en función a la cuantía de los ingresos, Hacienda te aplicará un porcentaje u otro. -Por eso, debes declarar la cantidad NETA que has cobrado y el IVA se contrarresta con el IRPF

El IVA siempre debe ser Positivo, (incrementa la factura -Hacienda nunca devuelve IVA. Ni siquiera en los abonos. Es la cantidad la que va en negativo) y el IRPF deberrá ir en negativo (decrementa el importe del IVA) con lo cuál, te quedará solo el resultado neto que tu debes declarar como "Beneficio"en la declaración de la renta..

Nuevamente un saludo y espero haber despejado todas tus dudas...

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