¿Necesito darme de alta como autónomo o en el IAE?

Soy funcionario del ministerio de ciencia, y en un ayuntamiento me han ofrecido dar unas clases de música un día a la semana por las que percibiré unos 270 euros mensuales durante 8 meses. Dado que me van a hacer un contrato de servicios, con las correspondientes retenciones de IRPF, me gustaría saber si tienen idea de si es necesario que me de de alta como autónomo, o debo darme de alta en el IAE, o no hace falta que haga nada y basta con que en la declaración de IRPF del año que viene declare esos ingresos en actividades económicas aunque no tenga epígrafe de IAE, ¿ni alta de autónomo?

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Para dar cursos de formación no es necesario que usted se de de alta en el IAE o en la Seguridad Social. Y entendemos que no se trata de un contrato laboral...

Si ha de emitir una factura sin IVA y con retención (-21%), especificando claramente que se trata de un curso, seminario o similar.

Luego solo ha de incluirlo en su declaración de renta.

Agradecemos valoracion de la respuesta.

Muchas gracias. Solo una aclaración. Cuando tenga que declarar estas clases, en el apartado de la declaración de la renta de actividades económica hay que rellenar el epígrafe del IAE así, como decir si se está en estimación directa o simplificada. ¿Supongo que lo que debo hacer es rellenar el epígrafe del IAE con el correspondiente a formación, aunque no esté dado de alta, porque de lo contrario no puede terminar la declaración? ¿Estaría en estimación directa normal o simplificada?

Un saludo

Esto son rentas del trabajo, pues así las declara la entidad que le contrato, con el epígrafe "F".

Siento hacer una ultima aclaración y ya puntuó. En otra ocasión que di este tipo de clases la retención me apareció en el apartado de la renta de actividades económicas, con lo cual al ser como le digo contrato de servicios, no se reflejaba el rendimiento como deL trabajo. Por ello mi ultima aclaración ?¿Se refiere a que en actividades económicas hay algún epígrafe que señale que son rentas del trabajo o se refiere a que deberían aparecer los rendimientos en el apartado de rendimientos del trabajo de la declaración cosa que no me cuadra por lo que le digo de las retenciones otros años? Gracias y no molesto mas. Un saludo

Esto depende de algunas circunstancias, pero para nuestros clientes, siempre realizamos las retenciones como rentas del trabajo y por lo tanto, se imputan como tal en la declaración de Renta.

En algunos casos, se realiza un contrato mercantil y la empresa que le "contrata", entiende que es una actividad económica, por eso realiza las retenciones de esa forma y usted las declara como actividad económica.

En el borrador de su renta, encontrara como lo han imputado ellos.

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