Cobrar indemnización

La empresa de mi novia esta mal, y les han dicho que les van a hacer firmar un contrat por objetivos y ue el que no llegue a la alle sin cobrar los 20 días. Hasta ahora esta con contrato normal sin objetivos e indefinida. Les han dejado claro que a partir de ahora la empresa se las a a rreglar para que en caso despido no pagar nada de indemnización, que se van a acoger a circunstancias de la producción etc...
Ella lleva 6 años en la empresa y nunca han tenido ningún problema con ella. Que es lo que debe hacer, ¿no firmar el contrato y que la echen? ¿De qué modo podría cobrar indemnización de todos modos?

4 respuestas

Respuesta
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Si no firma el contrato la echarán, y puede que la usen la fórmula del despido por circunstancias económicas, correspondiéndole 20 días por año.
Esos 20 días por año los cobrará o bien de la empresa o bien del FOGASA.
Entonces si no firma la empresa no tiene modo de que ella no cobre la indemnización por lo que entiendo.
Lo que dudo es si firma, ¿por qué entonces si en ese momento no la echan pero no cumple los objetivos marcados en contrato es cuando no cobra verdad?
Muchas gracias por tu respuesta
Estuve mirando en internet y al parecer si la empresa despide por circunstancias de la producción, al empleado le corresponden solo 8 días por año trabajado... no me entero je je
Art. 53.b) De Estatuto de los Trabajadores
Poner a disposición del trabajador, simultáneamente a la entrega de la comunicación escrita, la indemnización de veinte días por año de servicio, prorrateándose por meses los períodos de tiempo inferiores a un año y con un máximo de doce mensualidades.
Luego, si ella firma nos encontramos con que si no cumple los objetivos le pueden despedir mediante despido disciplinario
Eso es. Muchas gracias. ¿Entonces qué no firme nada y si la quierejn echar que la echen pero tiene que cobrar los 20 días por año correspondientes cierto?
Efectivamente...
Respuesta
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La empresa puede poner los objetivos que quiera, pero otra cosa es que esa clase de contratos sen legales.. tienes que tener en cuenta que existen unas normas, reguladas por el estatuto de los trabajadores, a las que se tienen que atener tanto los trabajadores como los empresarios, y ni los trabajadores ni los empresarios, sin una negociación y unos acuerdos, bilaterales, entre ambas partes pueden imponer las condiciones de trabajo, que quieran y cuando quieran, por encima del convenio de empresa esta el convenio sectorial, y el convenio de empresa esta para mejorar, las condiciones del convenio, sectorial, pero nunca para empeorarlas, porque ¿qué es el contrato de objetivos para la empresa?..¿A qué objetivos se refiere, al doble al triple de lo que venían obteniendo anteriormente los trabajadores? ¿Y con quien han contado para fijar esos objetivos?..¿Y quiénes son los empresarios para determinar, unilateralmente si pagan a no pagan las indemnizaciones de los trabajadores en el supuesto de que n o cumplan, con su santa voluntad, y decidan despedirles sin más explicaciones? Mira, las únicas causas de despido procedente son las que dice en tu convenio y en el Estatuto. Es decir, las típicas: desobediencia grave y culposa... pero en ningún caso el no cumplimiento de un objetivo es válido para justificar un despido procedente. Ni siquiera un despido objetivo. Lo que sí que se puede vincular a unos objetivos es los incentivos o pluses que cobres por encima del convenio; pero lo que dice el convenio lo tienes que cobrar siempre; y ojo que puede que ni siquiera lo estés cobrando. Así que antes de firmar nada que se informe en cualquiera de los sindicatos, en el que más rabia la de o en cualquier asesoría laboral, porque lo que tratan en esa empresa es de acojonar a sus trabajadores para que traguen todo, lo que les echen, porque ya son muchas las empresas que están cometiendo autenticas tropelías contra los trabajadores en nombre de la crisis económica, que a muchos empresarios les esta sirviendo de pretexto, para todo, y eso no lo debemos de consentir los trabajadores, y por eso yo la aconsejaría a tu novia que antes de firmar nada, se asesore bien porque lo que quiere hacer la empresa es totalmente ilegal, y podría demandar a la empresa, incluso podría ser causa de extinción de contrato, hazme caso y aconseja a tu novia que no lo demore más y que se asesore, por si las moscas..
Respuesta
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Lo primero es que si tu novia lleva 6 años en la empresa, no entiendo como no es fija, con lo cual no pdrán despedirla tan fácilmente ni cambiarle el contrato, en tal caso procedería la indemnización por despido improcedente, si bien tras la reforma laboral existen posibilidades de despidos que ampara la ley en caso de perdidas o falta de producción (causas organizativas o económicas), pero tampoco podrían vincular el contrato a que consigan una serie de objetivos, eso seria como trabajar a destajo, no seria muy legal la verdad. En cuanto a que a partir de ahora van a intentar no pagar despidos, pues como ha sido toda la vida, lo mejor es que los trabajadores se organizen sindicalmente (sino lo están) acudiendo a un sindicato y se preparen para contestar legalmente.
Ya puse que mi novia esta indefinida (fija), por lo tanto yo supongo que la mejor opción es no firmar nada y seguir como si nada, ¿o si bien optan por echarla tendría derecho a cobrar indemnización no?
Perdona pero no vi lo de fija, pero evidentemente no tiene que firmar ningún contrato nuevo, salvo que la despidan del anterior, y por supuesto la indemnicen.
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Si no quiere no tiene por que hacectar lo que pretende la empresa y si la empresa quiere que la echen en el momento que la echen poner demanda por despido improcedente y si la empresa alega causas de de producción o bajada en la cartera de pedidos tendrá que demostrarlo y aunque así fuera y el juez le diera la razón a la empresa 20 días año trabajado es lo mínimo que abrían de pagarle en concecto de indemnización

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