Antigüedad en la empresa

Mi pregunta es en relación a si hay algo en el estatuto de los trabajadores (en mi empresa no hay convenio) en el que se diga algo acerca del pago o reconocimiento de la antigüedad en la empresa, puesto que yo llevo 7 años trabajando en la misma empresa y no cobro nada en relación a la antigüedad.

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Ante tu pregunta, la respuesta puede ser muy escueta.
¿Estas seguro/a, que no tienes convenio colectivo?
Te has acercado a algún sindicato, para preguntarles, si por la actividad que realizáis, ¿tenéis convenio colectivo?
Si la respuesta a estas preguntas, es que si, lo único que me queda por decirte, es que no el Estatuto de los Trabajadores, no dice nada refenrente a la antigüedad.
Es más, desde los años 1994, 1995, por ley se fueron derogando, las Ordenanzas Laborales, que era donde se regulaban este tipo de compensación económica en los convenios o ramas de actividad, de forma que han ido desapareciendo tal concepto de antigüedad en los convenios colectivos.
De esta forma, y desde los años que te comento, en adelante, y por exigencias legislativas, los trabajadores, que estén en una empres toda la vida, ya no cobraran antigüedad nunca más.
Espero haberte ayudado, aun no siendo quizás, lo que tu esperabas.
Cuando decidas terminar puntúa y finaliza.
Muchas gracias por tu respuesta y por la rapidez con la que la has hecho, aunque esperaba obtener mejores noticias. Muchas gracias de nuevo por vuestro trabajo porque nos ayudáis a mucha gente. Gracias!

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