Pasar de estatuto trabajadores a convenio.

En mi contrato figuro como Controlador y la actividad económica de mi empresa figura como Servicios de Conserjería. El trabajo que realizo desde hace 7 años es en un parking de residentes con videocámaras de seguridad, haciendo la funciones de vigilante (no seguridad) y labores propias de un conserje. El problema es que no tengo ningún convenio y me rijo por el estatuto de los trabajadores. Habría posibilidad de acogerme a algún convenio puesto que mis condiciones son las mínimas... Si es así... ¿qué pasos debería seguir?

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Para pasar a un convenio se tiene que acordar entre la representación social (comités de empresa o delegados de personal) y la empresa.
Estos deberán solicitar la intención de acogerse a un convenio. Normalmente todas las empresas están acogidas a un convenio o pacto de empresa. Para asegurarte que no estás en ninguno, mira tu contrato de trabajo donde obligatoriamente ha de poner a qué convenio o norma legal estas acogido. Si es el estatuto, los pasos para cambiarlo son los que te he dicho. Un solo trabajador es prácticamente imposible que lo haga.
El tema es que la empresa es muy pequeña... solo tiene 4 trabajadores. He ido a C.C.O.O. y me han dicho que no tengo convenio, que solo tengo el estatuto de los trabajadores. Leyendo tu respuesta me das a entender que lo tengo muy negro... Me están haciendo la vida imposible, ya que me puede cambiar los turnos a su antojo, no tengo antigüedad ni nada de nada.
Si nos juntásemos todos los trabajadores pidiendo lo mismo... ¿crees qué podríamos tener más posibilidades?
Muchas gracias por tu tiempo.
No creo que pudieras porque no sois los suficientes para tener delegados de personal, pero aun así no creas que es mucho mejor. El estatuto de los trabajadores es como un convenio pero de mínimos, y en los convenios se mejoran algunas cosas, pero esos problemas de cambiar de turnos a su antojo y todo eso no creo que te lo mejorasen en el convenio. Ya está regulado en el estatuto. Si te cambian de turno, te han de dar las causas por escrito, y con 30 días de antelación. El estatuto ya marca estas cosas en su articulo 41 (modificación sustancial de condiciones de trabajo). El cambio de turno es una de estas modificaciones. Si tuvieses convenio te harían lo mismo, lo que puedes hacer con convenio o sin él es exigir tus derechos.
La antigüedad tampoco se pone ya en los convenio, y en muchos que estaban se ha quitado, ya que ela antigüedad estaba antiguamente en el estatuto y desapareció. Creo que vuestro problema principal, no es no estar en convenio, sino que se pasan por el forro la ley. Si te lees el estatuto verás que hay muchas cosas que seguro que no os están aplicando correctamente.
Es posible que si lo pedís todos se logre algo, pero al no ser invulnerables en despidos y todo esto es más difícil mojarse.

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