Trabajo de Superior Categoria
Trabajo en una empresa municipal, con la categoría profesional de Ordenanza. Casi desde mi incorporación en la empresa estoy realizando trabajos de Superior Categoría, (Administrativo) supliendo a una trabajadora, (bajas médicas, vacaciones, etc.)Así que, de los casi cinco años que llevo en la empresa, mas de tres, me los he tirado supliendo a dicha trabajadora, sumando todas las veces que he realizado dicho trabajo de administrativo, suman más de un año.
Nuestro convenio dice que tiene preferencia el ordenanza más antiguo, y tengo un compañero también ordenanza que es más antiguo que yo, aunque él no hace de Administrativo, porque entre otras cosas no sabe ni encender un ordenador.
Mi pregunta es la siguiente:
¿Puedo reclamar que me suban la categoría a Administrativo, aunque tenga menos antigüedad que mi compañero, aunque cuando he realizado dichas tareas me lo hayan pagado?
Según el estatuto de los trabajadores en su articulo 39, creo que si, pero ¿no se que prevalece si el estatuto o el convenio colectivo?
Nuestro convenio dice que tiene preferencia el ordenanza más antiguo, y tengo un compañero también ordenanza que es más antiguo que yo, aunque él no hace de Administrativo, porque entre otras cosas no sabe ni encender un ordenador.
Mi pregunta es la siguiente:
¿Puedo reclamar que me suban la categoría a Administrativo, aunque tenga menos antigüedad que mi compañero, aunque cuando he realizado dichas tareas me lo hayan pagado?
Según el estatuto de los trabajadores en su articulo 39, creo que si, pero ¿no se que prevalece si el estatuto o el convenio colectivo?
2 Respuestas
Respuesta de josbian
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Respuesta de trianovil
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