Estado actual de contrato laboral

A ver si me pueden ayudar.
Este contrato especifica claramente que es un contrato por obra o servicio determinado a tiempo completo.
Tengo contrato desde el día 11 de agosto de 2008 con una empresa pública, en este contrato se especifica que su duración es aproximadamente de un año prorrogable, el día 11 de agosto de 2009 firmé una segunda prorroga, y el 11 de agosto de 2010 una tercera.
Cuando cumplió esta tercera prorroga no he vuelto a tener comunicación por parte de la empresa respecto a nuevas firmas de contratos ni prorrogas.
En una última clausula el contrato aclara que no se generará en ningún caso situación alguna de fijeza ni relación indefinida hasta tanto el trabajador llegase a superar aquellas pruebas que en su caso pudiesen establecerse. En este punto me gustaría aclarar que yo ya pasé un proceso de selección previo y un concurso público que constaba de examen, méritos y entrevista personal.
¿En qué situación me encuentro al haber encadenado más de tres años de contrato por obra y servicio? ¿Adquiero algún derecho a pertenecer a la plantilla de la empresa en calidad de algo indefinido o fijo? Cual seria mi indemnización en el caso de fin de contrato.

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Respuesta
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Enhorabuena, casi con toda seguridad, si tu convenio no dice nada, eres fijo:
Dale lectura al art. 15.1.a del estatuto de los Trabajadores y también a tu convenio:
"Cuando se contrate al trabajador para la realización de una obra o servicio determinados, con autonomía y sustantividad propia dentro de la actividad de la empresa y cuya ejecución, aunque limitada en el tiempo, sea en principio de duración incierta. Estos contratos no podrán tener una duración superior a tres años ampliable hasta doce meses más por convenio colectivo de ámbito sectorial estatal o, en su defecto, por convenio colectivo sectorial de ámbito inferior. Transcurridos estos plazos, los trabajadores adquirirán la condición de trabajadores fijos de la empresa.
Los convenios colectivos sectoriales estatales y de ámbito inferior, incluidos los convenios de empresa, podrán identificar aquellos trabajos o tareas con sustantividad propia dentro de la actividad normal de la empresa que puedan cubrirse con contratos de esta naturaleza."
http://noticias.juridicas.com/base_datos/Laboral/rdleg1-1995.t1.html

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