Contrato por obra y servicio determinado

Tengo un contrato por obra y servicio determinado a tiempo parcial, esa obra y servicio determinado no existe.
Los primeros dos meses tuve que hacer 8 horas en lugar de 5 como dice el contrato pero no firme nada con mi jefe. Lo único que tengo es un mail donde les digo que a partir de por fecha voy a cumplir estrictamente con mi horario.
Me quiero ir de esta empresa pero en mi convenio colectivo pone que si me voy tengo que decírselo con un mes de antelación ¿al existir tantas irregularidades se lo tengo que dar? ¿Les puedo reclamar las horas que he hecho de más?

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Comenzando por la última pregunta, las reclamaciones de carácter salarial prescriben a los 12 meses. Por tanto, si hace menos de un año que hiciste esas horas puedes reclamar su importe. Otro asunto es que puedas demostrar su realización; probablemente el mail no sea suficiente prueba, aunque sí un indicio.
Respecto a que no existe la obra o servicio objeto de su contrato, la consecuencia es que la relación laboral pasaría a ser de carácter indefinido (fijo).
Por otra parte, es aconsejable salir de una empresa de buenas maneras. A veces, hablando con ellos pueden no descontarte los días por falta de preaviso.
Otra táctica muy distinta es forzar la salida insinuando que vas a denunciar a la empresa por tales cosas o decir que si te descuentan un solo día por falta de preaviso denunciarás a la empresa.  Tú misma/o...
Gracias
¿El preaviso lo tengo que dar siempre aunque la empresa este actuando de mala fe al hacerme un contrato por una obra que no existe?
Si como me indicas demuestro que el contrato es indefinido no serían horas complementarias ¿verdad? Serían horas extraordinarias.
Quiero salir bien de la empresa pero con todas las irregularidades que hacen en cuanto me salga otro trabajo me quiero ir por ello es importante saber lo del preaviso..
Gracias de nuevo
Avisar de que abandonas la empresa lo has de hacer siempre, aunque incumplas el plazo de preaviso. Como he dicho antes, la consecuencia de que el contrato esté celebrado en fraude de ley es que es indefinido en lugar de temporal. Un contrato indefinido también requerirá el mismo plazo de preaviso de un mes.
Se me ocurre una solución un tanto extraña: llegado el caso, avisa con 15 días de antelación al empresario de que el contrato ha finalizado (la expresión legal es <<denunciar la finalización del contrato>>) y, por tanto, dejarás de prestar servicios el día x. No creo que se atrevan a replicar que el contrato todavía no ha expirado, que ya terminó y ahora eres fija/o o que la causa nunca ha existido.
Respecto al tema de las horas realizadas de más: lo importante no es demostrar si el contrato es indefinido o temporal, sino que has realizado más horas de las convenidas.
Respecto a la catalogación de esas horas realizadas de más, curiosamente no serían complementarias porque no se ha firmado pacto al respecto (no se puede hacer si no es indefinido) ni extraordinarias porque en un contrato a tiempo parcial no se pueden hacer salvo en supuestos de fuerza mayor.
En caso de que puedas demostrar que has hecho horas de más y que haya pasado menos de un año desde su realización, debes acudir a inspección de trabajo.
Gracias de nuevo me has aclarado muchas dudas, pero me han surgido más...
Cuando encuentre otro trabajo voy a avisarles de que me voy y cuando llegue el momento de irme me entregaran el finiquito, obviamente no incluirán las horas que hice de más que como bien dices no se pactaron (me las impusieron) para no tener que llegar hasta la inspección ¿cómo calculo esas horas? Había pensado que como el valor de la hora ordinaria pero claro si no son complementarias ni extraordinarias ¿cómo las calculo?
No me quiero meter en líos de abogados pero quiero que me den lo que me corresponde, supongo que si no me las quieren pagar y amenazo con ir a la inspección me las van a pagar porque la empresa comete muchas irregularidades y no le conviene que se pase un inspector...
Al no estar contempladas la realización de horas extraordinarias en los contratos a tiempo parcial (salvo en casos de fuerza mayor), tampoco está contemplado el importe al que habrían de abonarse.
Lo que tendría que haber hecho el empresario en caso de ser necesario que prestaras servicios a tiempo completo, es proponerte una ampliación de jornada a tiempo completo durante una temporada. En ese caso, hubieras cobrado las horas al importe ordinario.
Yo en tu lugar, reclamaría cobrar las horas sin indicarle a la empresa con qué importe ha de abonártelas. Si te las pagara por debajo del importe de hora ordinaria, reclama la diferencia.

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