Contrato por obras y servicios

¿Cuál es el máximo de tiempo que puede durar un contrato por obras y servicios? ¿Pasado "x" tiempo pasaría a ser un contrato indefinido?.

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El contrato tendrá como duración el tiempo exigido para la realización de la obra o servicio, por lo que si la obra dura 8 años el contrato podría durar esos 8 años sin que se convirtiese en indefinido (Si el contrato fijase una finalización en una fecha determinada, ésta deberá considerarse meramente orientativa).
Si durase más de un año, para proceder a la extinción del contrato se necesita preaviso con 15 días de antelación a la finalización de la obra o servicio. Si se incumpliera por parte del empresario, existe obligación de indemnizar por el equivalente a los salarios correspondientes al plazo incumplido.
El contrato se transformaría en indefinido (salvo prueba en contrario que acredite la naturaleza temporal de la prestación) si finalizada la obra objeto del contrato no se hubiera producido denuncia de alguna de las partes y se continuara realizando la prestación laboral. Asimismo, se presumen por tiempo indefinido los celebrados en fraude de ley (cuando se utiliza el contrato de obra indebidamente).
También es posible que la relación se convierta en indefinida si se encadenan contratos para un mismo puesto de trabajo (2 o más contratos con una duración superior a 24 meses dentro de un periodo de 30 meses)

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