¿Se puede cobrar una indemnización por despido en mano o por cheque?

Estoy pendiente de cobrar una indemnización por despido improcedente, que me tramita un abogado porque la empresa no me la abonó en su día. No puedo solicitar que me la ingresen en mi cuenta corriente porque tengo varias deudas (tarjetas de crédito y préstamo personal) que no pude seguir pagando tras el despido, y tengo miedo de que me la embarguen.

La solución que me da mi abogado es que le dé un poder notarial para cobrar en mi nombre, y así evitar un embargo.

¿No podría solicitar que me den el dinero en talón o cheque, o ingresarlo en la cuenta de un familiar? Mi abogado insiste en que le dé el poder.

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Tu abogado lo que quiere es cobrarse el sus honorarios y después el resto lo cobres tu, que te den un talón conformado a tu nombre y ya tu lo ingresas o lo cobras si tienes cuenta en ese banco cuando quieras.

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