Cobro de indemnización

Necesito saber si me pueden pagar la indemnización con talones o pagarés ya que ahora mismo no tiene dinero, ¿qué es más fiable a la hora de asegurarme que lo voy a cobrar? ¿Firmo cómo que he recibido el pago? ¿Y si a la hora de cobrarlo no tiene fondos? ¿Pierdo ese dinero?

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En principio una indemnización no se puede cobrar en pagarés, y yo en tu lugar me negaría. En el caso del talón exige que sea un talón conformado. Lo que implica que te aseguras el cobro. En este caso, es problema de tu empresa saber de donde va a sacar el dinero. Lo del pagaré ni se te ocurra. Emitir un talón sin fondos es delito, pero su cobro por la vía judicial es un camino largo, costoso y tortuoso.
Por ello, para resumir:
Pagarés ni se te ocurra, talón conformado, y ante cualquier duda, firmar no conforme.
Muy buena y útil tu aclaración pero me quedan dudas, la carta de despido me pone que es por causas económicas, y que es por eso es objetivo, ¿no debería constar en la carta que es improcedente? ¿Aunque la indemnización la calculen con 45 días por año trabajado? ¿Me la pueden pagar en cuotas porque ahora mismo no tienen dinero? ¿A pesar de todo tengo que ir al Semac? No quiero que me perjudiquen, gracias por tu tiempo
Buenos:
Lo que ponga el texto de la carta de despido en este caso es irrelevante.
Por otra parte, la indemnización te la deben pagar toda de una vez, y ellos sabrán de donde sacan el dinero.
Ante cualquier duda, firma como no conforme.

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