Derechos del denunciante en la Inspección de Trabajo.

Mi más cordial saludo.
Voy a cumplir 3 meses sin haber tenido noticias de la denuncia a una empresa ante la Inspección.
Me gustaría que me indicaras a que tramites, plazos, reclamaciones, informaciones, etc., tengo derecho.

1 respuesta

Respuesta
1
La información de la inspección de trabajo la puedes ver aquí: http://www.mtin.es/ITSS/web/Sala_de_comunicaciones/Cxmo_denunciar_ante_la_Inspeccixn_de_Trabajo_y_Seguridad_Social.html
En el se dice expresamente que El denunciante no tendrá la consideración de interesado en esta fase de actividad inspectora previa sin perjuicio de que, en su caso, tengan tal condición en los términos del artículo 31 de la Ley 30/1992 de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común una vez que se inicie el expediente sancionador o liquidatorio
Esto es durante la fase de investigación no tienes la consideración de interesado, pero si se abre el procedimiento de sanción te lo comunicarán oportunamente teniendo en ese caso la oportunidad de comparecer como parte interesado
Igualmente te tendrán que comunicar la resolución por la que en su caso se declare que no hay responsabilidad para que puedas impugnarla
Para poder ejercer tus derechos puedes también plantear conciliación y posterior demanda contra la empresa

Añade tu respuesta

Haz clic para o
El autor de la pregunta ya no la sigue por lo que es posible que no reciba tu respuesta.

Más respuestas relacionadas