Como hacer que mi hermana de las llaves de casa de nuestro padre

El tema lo relato de la manera mas fácil que pueda

Somos tres hermanos de mayor a menor varón, yo y mi hermana resulta que e todos de alguna manera hemos vivido en algún momento de nuestras vidas adultas en casa de nuestros padrés cuando la vida nos dio algún revés, mi hermana vive justo en frente de la puerta de mis padres y yo viví durante muchos años en casa de mi madre hasta que me fui a vivir fuera por trabajo... A los pocos años de irme mi madre cayo mala y quien se hacia cargo de ella por la parte que me correspondía era mi hija mayor llevándola a donde hiciera falta teniendo mas nietos ... Yo por descontados durante muchos periodos viajo a mi tierra y siempre los atiendo cuando estoy allí que no son periodos muy largos.

El caso es que mi hermano por unas deudas anteriores tiene una sentencia ganada contra mi hermana y como esta es insolvente por que vive del sueldo del marido nunca pago, pero según dice el abogado se lo acabara pagando en cuanto tenga propiedades osea en un futuro la parte del piso de nuestros padres que le correspondiera pasaría a ser de mi hermano, ¿no se si esto se llevara a cabo por petición de mi hermano o sera automático?

Mis padres son ingresados en una residencia sin tener ninguna tutora legal por que no lo ha dictaminado ningún juez pero están algo senil...

Mi madre murió en agosto del año pasado y mi padre no se acuerda de casi nada

Hasta el momento de la defunción de mi madre no estaban hechas las escrituras del piso y investigando resulta que en septiembre del año que muere mi madre las escrituras se hacen y no se si con el consentimiento de mi padre?

Pero lo importante de todo es que ni mi hermano ni yo podemos acceder a casa de mis padres por que mi hermana se ha exo dueña del piso y niega el paso y cuando vamos nos interroga para que?

Mi hermano vive casi en el calle por la situación del país ¿el tiene derecho a exigir a mi hermana que le deje entrar? ¿Y yo que nos de a cada uno la llave y seamos los tres quienes poseamos las llaves no solo ella que nadie la nombro dueña?

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Por lo explicado deduzco que no hay posibilidad de ningún arreglo amistoso, por lo que será necesario un procedimiento judicial.

Tenéis que poneros en contacto con un abogado, plantearle la situación, incluida la deuda de tu hermana, para que, a la vista de los hechos y los documentos pueda ejercitar las acciones legales oportunas.

Para solicitar abogado de oficio y el beneficio de justicia gratuita, hay que dirigirse al Colegio de Abogados de la ciudad de residencia. Caso de ser una población pequeña, hay que llamar al Colegio de Abogados de la capital y solicitar información sobre como proceder, qué se precisa para obtener la justicia gratuita y como pedirlo.

pero cuales son los derechos de unos hijos en la situación de mi padre y obligación tiene mi hermana con los otros dos hermanos

Mi consejo sigue siendo que pongaís todo el tema en manos de un abogado, os explico porqué:

Vuestra madre murió y no sabemos si murió dejando un testamento o no y si dejó testamento a quien instituyó como heredero o herederos suyos.

Hablaís de escrituras del piso, pero sin decir quienes son los propietarios o el propietario y en caso de que fueran vuestros dos padres, en qué parte lo son cada uno de ellos.

Según lo comentado vuestro padre puede tener demencia senil, con lo cual no tiene capacidad ni de aceptar ni de otorgar ningún testamento, ni ninguna otra disposición patrimonial en la que intervenga un notario, porque el notario no podrá certificar que la persona que está ante él es libre y tiene plena capacidad de actuar. Hay que instar un procedimiento judicial de incapacidad.

Un abogado tendría que examinar la escritura del piso, instar una incapacitación de vuestro padre, averiguar si vuestra madre otorgó testamento...

En el estado actual de cosas no es posible saber cuales son los derechos de cada uno de los integrantes de la familia, porque es necesario tener una documentación que ahora, al menos en parte, no se tiene.

Lo que si es cierto, es que vuestra hermana no tiene derecho a apropiarse del piso que fue de vuestros padres. Todos tenéis el mismo derecho a ocuparlo. Pero la situación legal es tan confusa que ha prevalecido la ley del que llegó primero, creando una situación de hecho, que hay que modificar.

Hay que recurrir a un abogado para poder saber, qué derecho tiene cada uno de los hermanos y el padre respecto al piso familiar, y el abogado tendrá necesariamente que hacer una serie de averiguaciones y tramites judiciales antes de definir la cuestión respecto a cada uno de los familiares.

Lo que si parece cierto, es que vuestra hermana debe un dinero a uno de los otros hermanos, que esta deuda está reconocida por un juzgado y que en cuanto ella tenga dinero o adquiera un bien, cualquiera que éste sea, servirá para el pago de esa deuda. Para que ello se materialice, habrá que instar ante el Juzgado que dictó la sentencia, una ejecución de la misma, para lo cual también necesitáis un abogado.

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