Herencia en Galicia

Hace varios años que mi padre falleció sin hacer ningún tipo de testamento. Al año y medio (aprox)de su muerte mi madre decide que se debe repartir la herencia, y con la ayuda de un tío mío, hermano de mi madre, y el único que entendía un poco de tierras y del valor que pudiesen tener estas, nos reunimos un día y se repartió la herencia, pero antes de comenzar mi madre les comento a todos mis hermanos que a ella le gustaría que la vivienda familiar fuese para mì, y que si todos estaban de acuerdo, yo no entraría en el reparto del resto de la herencia, y así se hizo ya que todos dijimos estar de acuerdo. Mi tìo hizo el reparto de fincas en unas papeletas, y cada uno saco su suerte. Durante los días siguientes mi tìo preparo unos folios a mano, tipo testamento, uno para cada uno, indicando el nombre de cada uno y su correspondiente herencia y firmado por todos. Cada uno se llevo su "dossier"y todos tan cotentos.(Tengo que decir que entonces hèramos 10 hermanos, ahora 9). Ademas de todo esto, mi madre decidió hacer ante notario un escrito en el que su parte de la casa familiar me la dejaba a mì, para ella era una forma de asegurarse de alguna manera de que mis hermanos todos mayores que yo, no me dejasen sin un techo. Hace seis meses que mi madre falleció, y al parecer antes de seis meses hay que hacer declaración de herederos. La única que ha tenido que pagar he sido yo, por esa mitad de la casa. Mi pregunta es:¿Por qué tengo que pagar por la mitad, si es toda mìa? ¿Los papeles que hizo mi tìo, no tienen ningún valor?

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Si Hacienda le ha cobrado el impuesto será porque fueron al notario todos los hermanos y firmaron el cuaderno particional que es la forma legal de adjudicarse una herencia. (No lo dice). Pero se entiende, pues si no, no habrían de haber pagado nada.
Tras el fallecimiento de una persona, Hacienda da seis meses para pagar el impuesto de sucesiones. Si no se paga, el impuesto prescribe a los 5 años, salvo que se los esté reclamando Hacienda, con lo que esos 5 años se renuevan con cada reclamación. Si su padre murió hace más de 5 años y no aceptaron su herencia en notaria seguramente el impuesto ha prescrito. Por eso solo han podido cobrarle impuestos por lo heredado de su madre.
Pero si tiene el cuaderno particional, lo lleva al registro de la propiedad e inscribe la casa a su nombre.
Lo que vale es lo recogido en ese cuaderno particional, e imagino (que tampoco lo dice) que se adjudicaron la herencia y todos los hermanos firmaron y se reflejó que la casa era solo suya.
En fin, que a falta de datos y de ver ese "escrito" que dice que firmó su madre en el notario, que imagino no sería un "escrito" cualquiera, sería un testamento en toda regla, porque también podría ser una donación en vida, es imposible analizar y darle una explicación concreta sin posibilidad de cometer un error.
Por tanto, poco más se le puede decir sin datos concretos ni leer todos esos "escritos" y "dosiers" que menciona.
Respecto a los papeles que hizo su tío, si tienen algún valor, Lo tienen como contrato privado, pero si como imagino (y sigo imaginando por falta de datos) posteriormente se firmó ante notario el reparto en el cuaderno particional, lo válido será lo firmado en notaría y los papeles de su tío carecen ya de valor.
Siento no poder decirle nada más, porque no hago más que intentar comprender lo que dice y de adivinar lo que han hecho, pero sin ninguna garantía por no ver los "papeles" ni "escritos" ni "dossiers" que menciona.
Si tiene alguna duda, mejor que lo lleve todo a un abogado y que lo lea y analice. Ya sabe que una coma puede variar el sentido de toda una frase y sin tenerlos delante es imposible.
Por favor, finalice la pregunta para que se me quede libre.
Gracias por responder. ¿Pero qué es el cuaderno particional? ¿Quién y donde se hace ese libro?
Por cierto, mi padre hace diecisiete años que falleció, y en mi familia nunca nadie reclamo nada, ni hacienda ni la Xunta de Galicia... y tampoco nadie nos informo de que tuviésemos que hacer algo.Ha sido ahora al fallecer mi madre cuando nos dijeron que teníamos que hacer declaración de herederos y eso es lo que mis hermanos en Galicia, están haciendo, pero sigo sin entender que pasa con la otra mitad de la casa, lo que sè es que por las tierras no se paga nada y sin embargo yo por la mitad de la casa ´he tenido que pagar, ¿pero por qué no pago por toda la casa?.
Cuando una persona vive, las propiedades que tengan están inscritas en el registro de la propiedad. Es un requisito imprescindible.
Si fallece, los herederos se hacen dueños mediante el cuaderno particional (luego le cuento lo que es) y ese cuaderno lo llevan al registro y si quieren vender un día pues podrán hacerlo. Si no inscriben a su nombre en el registro, jamás en su vida podrán vender la propiedad, pues el notario se negará a hacer la escritura.
Claro que siempre hay tontos que compran un piso o una tierra en un contrato privado que lógicamente no pueden pasar por el registro. Jamás de los jamases serán propietarios sin registrarlo a su nombre. Y se exponen a perderlo y quedarse sin nada, volviendo por las buenas, la propiedad a los antiguos propietarios.
Bien, veamos el tema de su padre:
Falleció sin testamento y no arreglaron nada. No se hicieron propietarios legalmente, propietarios registrales, que es lo correcto. Por tanto, nadie les reclamó el pago de impuestos. Los impuestos se pagan cuando una propiedad cambia de dueño. La forma legal de cambiar de dueño es inscribiendo la propiedad en el registro de la propiedad. Por eso no les reclamaron impuestos. Porque usted no se hizo propietaria. Ahora sus hermanos estarán reuniendo "papeles". Uno de ellos, será una nota del registro de la propiedad sobre la casa. Verá por ella que todavía figura a nombre de su padre.
Por tanto si hicieron ese reparto, sentaditos en una mesa, tomando cafelito. Eso no son formas de hacer las cosas (con perdón) No hacen una escritura notarial, no pagan impuestos, no lo inscriben en el registro de la propiedad y por tanto, no son propietarios. Otra cosa es lo que verbalmente (o firmando esos "dossiers") estuvieran de acuerdo. Pero hay que legalizarlos y no lo han hecho.
Ahora como no tienen hecho nada legalmente es por lo que tienen que hacer la declaración de herederos.
Cuando una persona fallece, se coge un certificado de defunción original. Se va a la secretaría del ministerio de justicia y se pide un certificado de últimas voluntades.
En este certificado aparecen todos los testamentos que esa persona pueda haber hecho a lo largo de su vida. Por supuesto hay que atenerse al último, ya que un testamento anula a los anteriores.
Viendo quien era el último notario, del último testamento, con los dos certificados mencionados, se le pide copia del testamento.
Con estas tres cosas, ya pueden empezar a hacerse con documentación y preparar el reparto de la herencia mediante el cuaderno particional. Porque en el testamento está claro quienes heredan, es decir, quienes tienen derecho a heredar.
Pero si no hay testamento, entonces hay que hacer lo mismo, pero antes hay que hacer la declaración de herederos , ante notario y es para ver quienes son los pretendidos herederos y qué derechos pueden tener.
Después analizan todo lo que compone la herencia y acuerdan un reparto. Más o menos lo mismo que hicieron con su madre, pero no vale de nada si no van al notario y le comunican ese reparto que han acordado. Ese reparto el notario lo redacta en el cuaderno particional que es una escritura notarial y que viene a definir quienes son los herederos, que "masa hereditaria" ha dejado el causante (el fallecido) y el reparto que los herederos han acordado.
Firman todos, y ya si que han heredado de verdad. Porque solo hay dos formas de coger una herencia legalmente. Por notario, con aceptación de herencia o cuaderno particional, o mediante sentencia judicial.
Y ahora vamos con esa otra mitad de la casa. Pues nada. Que no es suya. Que para que sea suya hay que hacer los pasos que ya le he comentado. Y que parece que sus hermanos están haciendo ahora.
La mitad que por su padre le corresponde, tenían que haber hecho lo que digo, y entonces habría sido dueña de verdad y habría pagado impuestos o se los habrían reclamado. Pero como no se ha hecho dueña, pues nadie le dice que pague impuestos.
El pago de los impuestos de sucesiones, caducan a los 5 años del fallecimiento del causante. Así, que ahora, si es que se adjudica esa mitad de la casa, no tendrá que pagar impuestos por ella. Por eso ha pagado impuestos solo por la mitad. Porque solo se ha hecho dueña del 50% de su madre.
Tenga en cuenta que si un matrimonio es dueño de una casa, la mitad es de cada uno. Por ello, al fallecer su padre, la mitad que le corresponde se la adjudicaron a usted. Pero la otra mitad era de su madre, que seguía viva.
Ahora ha muerto y por eso la mitad de la casa que era de su madre, ya la puede heredar usted y adjudicársela.
Que me imagino que se la habrá adjudicado, porque si no, no tendría que haber pagado impuestos. Y si se la ha adjudicado, tiene que ser obligatoriamente porque fueron al notario y firmaron el cuaderno particional, aunque dice que no sabe lo que es. Y por eso ha pagado impuestos de la mitad. Porque se ha adjudicado la mitad de su madre, pero no la mitad de su padre. Pero como han padsado más de 5 años, pues no pagará impuestos.
En fin, que he intentado darle muchas explicaciones para que no le quedaran dudas, pero espero que las entienda.
Si no tiene más dudas, le ruego que finalice la pregunta.
Y mucha suerte con todo.
Hasta otra.
Muchas gracias por todas las explicaciones, haré caso de sus consejos y llevare todo a un abogado para que todo llegue a buen puerto.
Un saludo.

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