Llevo trabajando 12 años en una administración local por contrato, he sido mama y me gustaría saber

Llevo trabajando 12 años en una administración local por contrato, he sido mama y me gustaría saber esi tengo derecho a excedencia por cuidado de un hijo.

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Por supuesto que tienes derecho a que te concedan la excedencia por el cuidado de hijos menores.. Mira, independientemente de donde se realice la actividad laboral, el derecho de excedencia es uno de los derechos que la legislación española contempla para el cuidado de familiares. La Ley establece que los trabajadores tienen derecho a un periodo de excedencia de tres años como máximo para cuidar a cada hijo, tanto si se trata de hijos naturales como adoptados además lo pueden solicitar tanto el padre como la madre. La excedencia por Cuidado de Familiares se encuentra regulada en el Art. 46.3 del Estatuto de los Trabajadores. De todas formas mas abajo te dejo un enlace para que puedas consultar el articulo 46.3 del ET donde te especifica muy bien todo lo relacionado con la excedencia por el cuidado de un hijo menor.. Espero que la respuesta te sirva de ayuda.. Si no necesitas ninguna aclaración, no se te olvide calificar la respuesta pulsando las estrellitas amarillas que se encuentran debajo de la pregunta para que me puedas volver a consultar otra vez .. Gracias y un saludo..

Articulo 46.3 del ET:http://noticias.juridicas.com/base_datos/Laboral/rdleg1-1995.t1.html#a41

Muy buenos días, la verdad que tenía que haber sido más explícita con la pregunta, comentarte que ahora me han hecho un contrario de tres meses y así ha sido siempre desde que estoy trabajando allí, 3, 6 meses o 1 año, entonces no se sí soy indefinida para poder solicitar la excedencia, me preocupa que me digan que no, porque mi marido se va dos años fuera de España y no quiero perder mi trabajo, en el que he dejado mi juventud. Muchas gracias.

Son beneficiarios del derecho a la excedencia por el cuidado de Hijos menores, los trabajadores con un contrato de trabajo indefinido o temporal. En este último caso, la excedencia no puede superar el tiempo de duración del contrato pero sí llegar a ese límite. La empresa debe comunicar a la TGSS el inicio y fin de la excedencia en el plazo de 15 días desde que se produce. Es un requisito formal cuyo incumplimiento constituye una infracción leve sancionable con multa de 60 a 625 euros. El Estatuto de los trabajadores, considera este tipo de excedencia como un derecho individual de los trabajadores lo que se traduce en que, en realidad, no es el fruto de una concesión por parte de la empresa, sino del ejercicio, por parte del trabajador, de un derecho. Por tanto, en principio, el ejercicio de ese derecho no tiene por que ser otorgado por la empresa, bastando con el que el trabajador le comunique, en la forma oportuna, que lo va a ejercitar. La condición inicial es que se de la circunstancia de que el trabajador tenga un hijo que requiere su atención por razón de edad. Por lo tanto la empresa no te puede negar la excedencia porque estaría incumpliendo un derecho amparado por la legislación Española, por lo que tiene la obligación de concederte la excedencia en cuanto la solicites y si te ponen algún impedimento puedes presentar una demanda ante el juzgado de lo social por incumplimiento de un derecho fundamental recogido en la constitución Española, de todas formas no creo que la empresa te ponga ningún obstáculo para concederte la excedencia porque además de obligarla mediante resolución judicial concederte la excedencia se arriesga a que a que impongan una sanción económica, de todas formas deberías de consultar algún sindicato porque lo mas probable es que tu contrato de trabajo sea un contrato en fraude de ley con lo que en realidad y a efecto legales tu contrato de trabajo seria un contrato indefinido pero eso te lo tiene que mirar algún abogado para lo que tendrás que aportar todos los contratos de trabajo, y lo mas probable es que te digan lo mismo que yo así que ya sabes que tienes derecho a la excedencia aunque el contrato de trabajo sea un contrato temporal, pero no deberías de dejar de consultar lo de los contratos de trabajo porque lo mas probable es que tengas un contrato en fraude de ley porque un contrato deja de ser un contrato temporal cundo el contrato se nueva durante doce años para seguir en la misma empresa desempeñando el mismo trabajo.. Espero que la respuesta te sirva de ayuda.. No se te olvide calificar la respuesta pulsando las estrellitas amarillas que se encuentran debajo de la pregunta..

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