Motivo cese despido y posibilidad de recurrir a magistratura

Tengo dos preguntas relacionadas con el mismo tema, y agradeceré que alguien me las pueda responder cuanto antes:

- Cuando en el certificado de empresa ponen motivo 1 "despido del trabajador", ¿incluye este motivo causas ajenas al trabajador, como el fin de un contrato o servicio, o la redefinición de su puesto de trabajo, o falta de recursos de formación y de más de la empresa, por ejemplo?

- Tenía entendido que si no recurría a magistratura a pedir indemnización, no constaría en ningún sitio que el cese es un despido (seguridad social, etc), como si fuera una renuncia. Entonces si en el certificado de empresa ya ponen este motivo, ¿en caso que vaya a magistratura, queda alguna posibilidad más para que un nuevo empleador conozca el motivo?

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Si la causa consignada es despido del trabajador, este motivo es por causas ajenas al trabajador, aunque no se especifica el motivo exacto del despido.

El nuevo empleador no tiene derecho a conocer el motivo de su despido ni tiene acceso al historial de su vida laboral, por lo que no conoce si ha sido despedido, si se ha marchado usted...

El caso es que a veces el nuevo empleador pide el certificado de empresa, y entonces sí que puede conocer el motivo. Y en este caso veo que si hubiera pedido indemnización a magistratura por despido improcedente, me hubiera quedado igual. Bueno, entiendo que por despido se entiende cualquier tipo de baja no voluntaria.

Gracias!

Hola de nuevo,

¿puede aclararme qué efectos tendría ir a magistratura a pedir indemnización? ¿Si voy, queda algún otro lugar dónde pueda constar el motivo?

Gracias.

Que usted se dirija al juzgado a solicitar una indemnización por el despido no tiene nada que ver con que un nuevo empleador conozca el motivo del despido. Entiendo que si usted desea reclamar algo es porqué considera que tiene razón, como usted bien indica un despido es cualquier tipo de baja voluntaria aunque no siempre por razones ajenas al trabajador (podría ser un despido disciplinario).

En cualquier caso, insisto en que un nuevo empleador no tiene porqué conocer el motivo del despido por el simple hecho de que usted presente una demanda.

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