Incorporación tras baja y antes de vacaciones

Necesitaba saber si hay unos días mínimos que tengo que trabajar antes de unas vacaciones y tras pedir el alta voluntaria. Mi intención es pedir el alta el lunes, ¿incorporarme el martes y ese mismo viernes iniciaría mis vacaciones... Es eso posible o tengo que trabajar más días entre una cosa y otra?
Por otra parte me gustaría saber si cuando hay un despido procedente hay derecho a cobrar el paro... Es mi primer trabajo y se están portando fatal... Tenia entendido que lo único que ocurre es que si es procedente no cobras finiquito ni nada pero paro si que tienes...

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Si que es posible lo que planteas.
El paro siempre corresponde si hay un despido de por medio, cualquier tipo de despido.
El finiquito se cobra igualmente en todos los despidos y finalizaciones de contrato. La empresa te ha de abonar los días de salario del mes en curso del cese y las partes proporcionales de las pagas extras(salvo que las tengas prorrateadas)y las vacaciones devengadas y no disfrutadas.
Lo que no cobraras es la indemnización dependiendo del tipo de despido que se trate.
20 dias/año si las causas que alega la empresa son por causas objetivas, amortización de puesto de trabajo, etc...
0 días de indemnización si el despido procedente es disciplinario si has hecho algo muy gordo que el convenio indique que se puede practicar el despido por estas razones.
En cualquier caso puedes impugnar el despido ante la jurisdicción laboral(juzgados de lo social previo paso por el órgano de conciliación)sino estas conforme con el mismo.
Muchísimas gracias por tu respuesta aprovecho y te pregunto algo más... el tema es que por motivos de estudios tengo que dejar ese trabajo... hable con la empresa para negociar un despido donde yo firmaría el finiquito sin cobrarlo pero al menso tendría paro pero me han dicho que ni lo sueñe... si me voy de forma voluntaria ahí no cobro un duro ni tengo paro ni nada... ¿no? Supongo que no y ai es donde viene mi otra duda y posible solución que me gustaría saber si es posible.
Un buen amigo que tiene una clínica dental y es autónomo me ha dicho que si no me permiten negociar el despid para cobrar paro que me largue yo y el me hace un contrato por 1 mes que al no renovarlo ahí me iría al paro. ¿Cómo lo que cuenta para el paro so los últimos 180 días por lo que leí me ha dicho que el me pone una nomina alta durante esos 30 días o lo que me haga de contrato después iría al paro con la media de ambos salarios... esto es así?
Exacto, si te vas tu es baja voluntaria por lo que no tendrías derecho a paro.
A la empresa no le puedes obligar a pactar un despido. Al margen de que estemos hablando de un asunto ilegal, la empresa pierde más que gana si se descubren este tipo de trapicheos.
La otra opción tampoco la veo.
La ley dice que tras cesar de manera voluntaria de un trabajo es necesario permanecer un mínimo de 3 meses en un nuevo empleo, y que este finalice por causas ajenas al trabajador(despido, finalización de contrato, etc..), por lo que 1 solo mes de trabajo lo veo insuficiente.
Finalice y puntúe sino tiene más dudas.

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