Baja por enfermedad, ¿Baja por maternidad y paro?

Estoy embarazada de siete meses, se me termina el contrato el día 5 de enero y no me renuevan, ¿cómo interesaría hacer las cosas para tener la baja por maternidad? Me han comentado que cogiendo ahora la baja por enfermedad y aguantando hasta la fecha del parto, no pierdo nada de paro y luego empalmo con la baja de maternidad 16 semanas y después engancharme al paro no habiendo perdido nada, ¿es eso cierto? ¿Cómo debería hacerlo?

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Me gustaría ayudarte, para esto te expondré los dos ejemplos, uno por si decides ciger la baja, antes del termino del contrato, y el otro, por si decides primero ir al desempleo, así de esa forma tendrás las ideas algo más claras, y poder elegir, la opción que más se adecue a tu preferencia:
¿Qué sucede con la prestación contributiva por desempleo si mientras la estoy cobrando se producen la maternidad o la paternidad?

Si su maternidad o paternidad suceden mientras está percibiendo una prestación por desempleo de nivel contributivo, puede suspender ésta e iniciar la prestación por maternidad o paternidad que abona el Instituto Nacional de la Seguridad Social. La prestación por desempleo no se consume mientras duren estas situaciones sino que, al finalizarlas, podrá reanudar la prestación suspendida por la duración y cuantía que quedaban pendientes en el momento de la suspensión. Tiene 15 días para solicitar la reanudación desde el final de las prestaciones de maternidad o paternidad.
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¿Qué sucede con las prestaciones por desempleo si la maternidad o paternidad empiezan antes de acabar mi contrato?
 
Si mientras está en maternidad o paternidad finaliza su contrato, continuará percibiendo su prestación económica de maternidad o paternidad hasta el alta médica o fin de esa situación, momento en que puede solicitar la prestación o subsidio por desempleo en los 15 días siguientes.
La prestación por maternidad o paternidad la abona el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS).
Cuando decidas dar por terminada la consulta.

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