Estoy de baja médica por embarazo por la mútua. Al finalizar mi contrato ¿Quién me paga si sigo estando de baja?

Soy enfermera. Si estando de baja médica por embarazo por la mútua, al finalizar mi contrato ¿quién me paga si sigo estando de baja?

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Si estas de baja por maternidad y finaliza tu contrato de trabajo te seguiran pagando la baja, pero en vez de la mutua sera el INSS quien se haga cargo del pago de la prestación por maternidad porque la prestación por maternidad o paternidad la abona el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) hasta que te den el alta medica, y después de que te den el alta medica dispones de 15 días hábiles para solicitar en el SEPE/INEM)la prestación por desempleo si dispones de los 360 días de carencia que se necesita para acceder a la prestación por desempleo sin que te descuenten ningún día por haber estado de baja por maternidad.. Espero que la respuesta te sirva de ayuda.. Si no necesitas ninguna aclaración, no se te olvide calificar la respuesta pulsando las estrellitas amarillas que se encuentran debajo de la pregunta para que me puedas volver a consultar otra vez .. Gracias y un saludo..

http://www.sepe.es/contenido/prestaciones/ag00b05a.html

me han recomendado que me ponga de baja medica mientras me dure el contrato pero no por la mutua porque por la mutua me descuenta del paro al finalizar mi contrato e irme al INSS y para la baja maternal me den el 100 % de lo que cobraba

Mientras la baja sea por maternidad no te pueden descontar ni un solo día de los que te correspondan de la prestación por desempleo lo mismo te da que estés de baja por la mutua que por el INSS por

es decir que diferencia hay de estar de baja medica por embarazo con o sin mutua?

Mientras la baja sea por maternidad no te pueden descontar ni un solo día de los que te correspondan de la prestación por desempleo además las bajas por maternidad solamente las gestiona el INSS y las prestación por desempleo y las ayudas familiares las gestiona el SEPE/INEM) que es el organismo publico encargado del descuento de los días del paro cuando se esta en situación de IT por contingencias comunes y se solicita el cobro de la prestación por desempleo después de un alta medica y no el INSS ni ningún consorcio de mutuas, y la cuantía es la correspondiente al 100% de la base reguladora del mes anterior al de la baja por maternidad y la baja por maternidad la gestiona solamente el INSS no las mutuas, otra cosa es cuando la baja es por contingencias comunes(enfermedad o accidente no laboral) situación en la que la cuantía es muy inferior pero la misma tanto si te paga el INSS como si quien te paga es la mutua y al solicitar la prestación por desempleo te descuentan de los días que te correspondan de dicha prestación todos los días que se haya permanecido de baja desde la fecha de finalización del contrato de trabajo hasta el día siguiente del alta medica..¿De acuerdo?.. Venga un saludo muy cordial.. No se te olvide finalizar la pregunta

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