Reducción jornada laboral-reducción de sueldo

Llevo casi un año trabajando en la misma empresa y con las vacas flacas me han reducido la jornada de 8 horas a 4 horas. Mi nomina sigue siendo de 8 horas y el salario que figura en ella el mismo de cuando trabajaba 8 horas (decisión de mi jefe dejar tal cual la nomina) pero mi jefe me ingresa la mitad de lo que cobraba antes. Es decir, el dice que se calcula el sueldo de forma directamente proporcional a las horas. Es eso asi? Quiero decir, si por 8 horas cobro 1000 euros, ¿ahora debo cobrar 500 por 4 horas o tendría que cobrar algo más? Si es así, ¿Cuánto más tendría que cobrar legalmente?

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No te puede reducir la jornada. Él lo sabe y por eso no lo ha hecho. Pero ahora teóricamente te debe la mitad de la nómina, a no ser que se las estés firmando aunque te pague la mitad. En ese caso no puedes demostrar que te deba nada, pero sí que te puedes negar a seguir haciendo 4 horas, sino que le puedes decir que tu vas a hacer tus 8 horas según tu contrato en vigor, que si no te paga la nómina completa no se la firmas y le demandas, y que si no puede mantenerte que te despida, pagando indemnización de despido improcedente y finiquito y tú a cobrar el paro. Esa es una posibilidad.
La otra es callarse, porque después de todo sigues cotizando a jornada completa pero trabajando a media. Eso es una gran ventaja, aunque debes comprobar en la web de la SS que efectivamente te tiene de alta al 100%. Si es así entonces la nómina se reduce al 50% en todos los aspectos menos el plus de transporte, que debe seguir entero, ya que tú vas a trabajar las mismas veces a la semana.
Muchas gracias por tu clara explicaciony pronta respuesta. Solo aclarar que si no acepto la reducción de jornada me despide y sin derecho a finiquito ni nada de eso, ni despido improcedente, porque todos en esta empresa tenemos contratos de obras y servicios y te pueden echar de un día para otro sin avisar y sin finiquito alegando termino de obra (o al menos eso dice mi jefe) y eso es lo que se estila en la empresa.
Otra pregunta: una compañera lleva más de 3 años seguidos contrato tras contrato de obras y servicios continuos (sin ningún día por medio entre contratos fuera de la empresa), ¿tiene algún derecho adquirido? ¿Es decir deben hacerla indefinida? ¿O tiene derecho a finiquito si la despiden? O algo así
Gracias de nuevo
Desde luego eso es lo que dice tu jefe. Pero para empezar, su fuera cierto que existe la obra tendría que pagarte una indemnización de 8 días por año y preavisarte del fin de la misma con 15 días. Cada día de falta de preaviso te lo tiene que pagar también. Por tanto esos que echo de un día para otro son tontos del culo, como es habitual en la gente que "pasa de follones", ya que en el peor de los casos hubieran cobrado una indemnización de 15 días, por falta de preaviso, más otros 8 por cada año. Aparte el finiquito.
Pero eso es en el peor de los casos. En el mejor, que es vuestro caso, resulta que la obra no existe. Ni siquiera habrán puesto en el contrato que obra o servicio concreto es ese, porque no existe, y si lo han puesto habrán puesto una mentira o bien una generalidad. Entonces es un contrato por obra en fraude = contrato indefinido. Por tanto, si te echara "de un día para otro" le demandas por despido improcedente, ya que tienes contrato indefinido quiera o no, y te sale a pagar una indemnización de 45 días por año de servicio, aparte del finiquito.
Por lo visto tu jefe se había creído que había encontrado la forma mágica del despido gratuito. Ya quisiera la CEOE que eso existiera. Pero realmente lo único que ha encontrado son unos empleados tontos que no reclaman. Pero tú no vas a estar en ese grupo de tontos porque ya has puesto interés en estar informado. Así que acepta la reducción o no la aceptes, pero si te echa ya sabes lo que hay.

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