Reducción de jornada obligatoria sin ERE

Trabajo desde hace 4 años como comercial en una empresa de derivados de la construcción con un contrato indefinido a tiempo completo, con el parón de la construcción nuestra actividad se ha reducido por lo que mi jefe me ha propuesto hacer una reducción de jornada en contrato (digo en contrato porque mi horario de trabajo sería el mismo, de 8 de la mañana a 8 de la tarde de lunes a viernes), la reducción sería de un tercio del sueldo. No hay ERE en la empresa, sólo sería a mí, los demás empleados en mi situación van a irse voluntariamente al paro sin finiquito con la promesa de una contratación dentro de 6 meses, y por supuesto yo no he aceptado ésto.
Dada la situación no me queda más opción que tragar, así que estoy viendo la manera de hacer la reducción de sueldo de forma que me afecte lo menos posible a la prestación contributiva.
Por éso me gustaría que me ayudaras respondiéndome a una preguntas:
¿Qué pasos debo seguir a la hora de modificar el contrato? ¿Tienen qué pagarme finiquito de los años trabajados antes de la reducción? ¿Puedo cobrar prestación de desempleo por esa reducción, cuánto tiempo? ¿Si no mejora la situación y cierra la empresa dentro de 6 meses que desempleo cobraría el correspondiente a la jornada reducida o a la completa?, y ¿Durante cuánto tiempo lo cobraría si ya hubiera recibido prestación por la jornada reducida?
Lo veo todo muy turbio en mi empresa y no me fio ni un pelo.

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Siento no poderte ayudar ya que no contesto preguntas sobre prestaciones de desempleo. Ponte en contacto con otros expertos como bergenz o joseaf2 que seguro ellos te ayudarán sobre este tema mejor que yo. Respecto a la reducción de horas en el contrato no se puede hacer de la noche a la mañana sino que se trata de una modificación sustancial de condiciones de trabajo que exige de una notificación por escrito donde han de quedar muy bien expuestas las causas y un preaviso de 30 días hasta que surja efecto, tiempo en el cual puedes reclamar sino estás de acuerdo. En el caso de que dijeras que no la consecuencia sería un despido objetivo (indemnización de 20 días de salario por año trabajado) pero podrías denunciar como despido improcedente y que sea el empresario el que demuestre fehacientemente que se dan las circunstancias para esta modificación de contrato.
Respecto al paro solo hacerte un apunte. Si aceptas lo que te dice y dentro de unos meses la Empresa cierra el calculo de la prestación de desempleo se te hará sobre esa jornada reducida en contrato y eso te penalizará bastante

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