Cambio de lugar de trabajo

Al igual mi pregunta necesita un poco de explicación, ruego me disculpes si me alargo en ella.
Lo primero soy administrativo en una empresa del convenio comercio metal.
Estoy en el mismo centro desde el día que empecé, a pesar de que tiene dos delegaciones más, pero mi condición era entrar para la central.
Ahora van a abrir un centro nuevo a muchos más kilómetros de mi centro habitual, y pueden proponerme para irme allí.
¿Es obligado que me paguen dietas y kilometraje? ¿Hasta dónde me pueden obligar?
Si necesitas cualquier otra aclaración, pide cuantas quieras.

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Te comento:
Cuando a un trabajador lo trasladan a otro centro, dicho traslado se regula en el art 39 del Estatuto de los Trabajadores, ademas de lo que diga el convenio aplicable, en el cual se establecen las posibles dietas y kilometraje que te pudieran corresponder, por lo que necesitaría saber que convenio tienes; aparece en tu contrato, indicando también la provincia donde se aplica (donde trabajas). En cuanto al traslado, en el ET se le conoce como movilidad geográfica, y esta especialmente protegida por la normativa laboral, especificándose que se requerirá una causa explicita por razones económicas, técnicas, organizativas o de producción que lo justifiquen.
Esta decisión deberá ser notificada al trabajador por el empresario, así como a sus representantes legales con una antelación mínima de 30 días naturales.
Notificada la decisión, el trabajador tiene derecho a optar entre el traslado, percibiendo una compensación por gastos (aparte de dietas que pudieran corresponderte por convenio), o la extinción de tu contrato, percibiendo una indemnización de 20 días de salario por año trabajado con un máximo de 12 mensualidades.
La compensación a que se hace referencia se refiere a los gastos propios y también a los de los familiares a su cargo, en los términos que convengan las partes, y que nunca sera inferior a los lmites establecidos por convenio colectivo.
Ademas, si no estas de acuerdo con tu traslado pero tampoco quieres perder tu empleo, debes aceptar esa orden y trasladarte, pero posteriormente puedes impugnarla ante el juez y si ganas deben reincorporarte a tu anterior centro de trabajo (el proceso suele tardar unos dos meses).
Espero haber aclarado tus dudas, pero si tienes más consúltame.

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