Movilidad geográfica en mi trabajo.

Trabajo en Málaga capital, mi empresa tiene tiendas en Marbella y me piden que me desplace a trabajar unos meses allí. En mi contrato no especifica nada en cuanto a movilidad geográfica, desde mi domicilio actual hasta la tienda de Marbella hay unos 50km al día serian 100km. La pregunta es ¿estoy obligado por ley a desplazarme, y si así fuera los gastos de transporte serian por parte de la empresa?

¿Tengo alguna posibilidad legal para negarme a ir?

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El traslado de trabajadores que no hayan sido contratados específicamente para prestar sus servicios en empresas con centros de trabajo móviles o itinerantes a un centro de trabajo distinto de la misma empresa que exija cambios de residencia requerirá la existencia de razones económicas, técnicas, organizativas o de producción que lo justifiquen, o bien contrataciones referidas a la actividad empresarial. Se entenderá que concurren las causas de movilidad geográfica, cuando la adopción de las medidas propuestas contribuya a mejorar la situación de la empresa a través de una más adecuada organización de sus recursos que favorezca su posición competitiva en el mercado o una mejor respuesta a las exigencias de la demanda. La decisión de traslado deberá ser notificada por el empresario al trabajador, así como a sus representantes legales, con una antelación mínima de 15 días a la fecha de su efectividad. Notificada la decisión de traslado, el trabajador tendrá derecho a optar entre el traslado, percibiendo una compensación por gastos de desplazamiento o la extinción de su contrato, percibiendo una indemnización de veinte días de salario por año de servicio, prorrateándose por meses los períodos de tiempo inferiores a un año y con un máximo de doce mensualidades. La compensación a que se refiere el primer supuesto comprenderá tanto los gastos propios como los de los familiares a su cargo, en los términos que se convengan entre las partes, que nunca será inferior a los límites mínimos establecidos en los convenios colectivos. Por lo tanto si la movilidad geográfica esta justificada se ajusta a derecho y la empresa cumple con los requisitos legales de preaviso y notificación por escrito del desplazamiento puedes aceptar las condiciones de la empresa `pero con todos los gastos de desplazamiento a cargo de la empresa, o rescindir el contrato de trabajo, si la decisión de la empresa perjudica tus intereses.. Si no necesitas ninguna aclaración, no se te olvide calificar la respuesta pulsando las estrellitas amarillas que se encuentran debajo de la pregunta para que me puedas volver a consultar otra vez .. Gracias y un saludo..

http://www.laboralistas.accionlegal.net/movilidad_geografica.html

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