Contabilización del impuesto de sociedades

¿El asiento contable del impuesto de sociedades debe contabilizarse antes del cierre del ejercicio del ejercicio económico en que se ha producido?
Un saludo,

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El gasto del impuesto de sociedades debe contabilizar al cierre del ejercicio que corresponda, normalmente el 31/12/xx
Se contabilizará el gasto contra la cuenta 47* correspondiente.
En junio cuando se presente el modelo 202 en Hacienda se contabilizará el pago.

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