Cierre contable

Esto es una cooperativa de viviendas cuyo resultado contable es 0, ¿Hay qué hacer algún asiento de sociedades?, ¿Cómo cierro la contabilidad?
Muchas gracias

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Para cerrar la Contabilidad de la Sociedad debe operar igual con beneficio que sin él.
Una vez realizada la REGULARIZACIÓN de los INGRESOS y los GASTOS con imputación de los saldos a la cuenta (129) y determinado el importe del BENEFICIO CONTABLE, deberá determinar si existen AJUSTES POR DIFERENCIAS PERMANENTES que determinen un RESULTADO FISCAL diferente del CONTABLE.
Si así fuera, sobre el RESULTADO AJUSTADO (Resultado Contable +/- DP) deberá aplicar el TIPO IMPOSITIVO que corresponda para calcular el denominado IMPUESTO BRUTO.
A este último le deberá restar, en su caso, las BONIFICACIONES y las DEDUCCIONES que puedan corresponder a la Sociedad en función de la normativa tributaria vigente.
De esta forma determinará usted el IMPUESTO DEVENGADO cuyo importe deberá imputar a la cuenta (630).
No obstante, si el RESULTADO CONTABLE AJUSTADO también es NULO, evidentemente no habrá imputación alguna a la cuenta (630).
En tal caso, el cierre de la Contabilidad se producirá, como siempre, mediante el asiento:
Ctas. De Pasivo
A Ctas. De Activo
Por el importe de los saldos de todas y cada una de las cuentas patrimoniales (Grupos 1 al 5 del PGCE)
¿Si le interesa resolver sus dudas sobre la Contabilidad del Impuesto de Sociedades puedo enviarle un artículo mio sobre el tema que fue publicado en las revistas? ¿El Fisco? ¿y? Management & Empresa?. Contiene tanto la teoría como ejemplos y casos prácticos. Para ello, debería FORMULAR UNA NUEVA CONSULTA y facilitarme una dirección de e-mail con suficiente capacidad, puesto que el artículo tiene más de 40 páginas y el fichero supera los 600 Kb. de extensión.
Le agradecería que valorase mi respuesta. De esta forma puedo orientar las que dé en el futuro y mejorar continuadamente en mi participación en este foro.

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