Cuota participación en lcomunidades

A ver si me puedo explicar y me pueden dar una solución.

Soy propietario de una comunidad de vecinos y este año me ha tocado ser presidente y a la vez administrador.

Entonces con fecha 15-12-11 en una reunión celebrada yo como propietario en el apartado de ruegos y preguntas planteé nueva redistribución de las cuotas de participación de la comunidad, por que yo que soy propietario de la buhardilla debería tener menos cuota que el resto de pisos .me asesoré un poco en el registro de la propiedad y claramente se ve que la redistribución no está correcta. Osea el edificio tiene 5 pisos, 1 entreplanta y un bajo.

Tres de los pisos 1º-2º y 3º tienen el mismo porcentaje llegamos al cuarto y le aparece un porcentaje menor que los pisos anteriores y sin embargo el 5º abuhardillado del que soy propietario tengo el mismo porcentaje que los pisos 1º-2º y 3.

Claramente está equivocado el porcentaje que tiene el 5º abuhardillado le corresponde al 4º piso y el del cuarto piso al 5º.

El día de la reunión cuando yo planteé el tema estaba de adminstrador el propietario del 4º y como bien se vió no le interesó para nada realizar las gestiones oportunas para cambiar ese herror y quedó ahí pendiente ... Pasó la adminstración al 3º y tampoco no hizo nada y ahora que me toca a mí como adminstrador quiero retomar este tema y no sé como lo tengo que hacer.

Tambien estos dias atras el propietario del 4º me ha notidicado que van a sacar a vender su piso, por eso que he revivido el tema

Me interasaría saber si lo puede hacer ó le puedo exigir como adminstrador de turno que corrija ese error en el porcentaje que tiene su vivienda antes de venderlo, pues ha pedido le otorgue un certificado en el que le diga que está al corriente de pagos referente a la comunidad.

Me gustaría a ver si tengo posibilidad de darle una solución al tema.

Saludos

Mirastgo

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Para cambiar los coeficientes debe acordarse en junta por unanimidad, Art. 17.6 LPH

En caso de acordarlo tendrían que cambiar todos los coeficientes de la comunidad en virtud del acuerdo e inscribirlos en el registro de la propiedad Art. 5 LPH

El problema es conseguir el acuerdo y una vez conseguido los costes de notario, registros e impuestos que suelen ser muy elevados, con lo que les va a salir mas caro "el collar que el perro", pida presupuesto en el registro y verá solo los gastos registrales e impuestos vera que no le compensan.

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