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Derecho y Leyes
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Aclaración
Esta diciendo que en el momento de la firma de escrituras usted negociará la comisión correspondiente con la gestoría. La comisión máxima que suelen cobrar es del 6% del precio de la vivienda, y de ahí para abajo todo es posible.
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Derecho y Leyes
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Jubilación anticipada por nocturnidad
La jubilación anticipada la puede pedir siempre que haya cotizado un mínimo de 15 años, independientemente de la acumulación de trabajos nocturnos o no. Lo que ocurre es que si se jubila antes de los 65 años, le restarán un 10% de la paga de...
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Herencias
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Testamento
Para inscribir la casa en el registro es necesaria que se de una partición de herencia ante un notaro, que lo normal es que no la autorice por no respetarse las legíti8mas con lo que no se podrá inscribir. Los hijos pueden renunciar a su parte de...
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Derecho Laboral
y en 2 temas más
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Exceso de vacaciones
Debes de poner un subapartado en el que digas que cobra menos, por que ha trabajado POR, días que son menos que los pactados por el contrato.
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Herencias
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Al casarme en londres, ¿La herencia?
Pregúntele a hueca en la categoría de derecho que domina mejor los temas del extranjero.
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Herencias
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Derecho de mi padre
Eso es cierto en parte, es verdad que si vais a malas el hará todo lo posible para justificar que tiene un derecho de uso en esa vivienda, y que ha pagado parte de la misma, para conseguir más proporción en la herencia, lo que ocurre que tendrá que...
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Derecho y Leyes
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Actividad por módulos
Depende de la hacienda de la comunidad autónoma en la que te encuentres. Lo mejor es que llames directamente a ellos por teléfono y te informes, ya que cada una tiene sus especificidades.
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Divorcio
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Divorcio
Depende de lo que cobre usted, de lo que cobre su marido, de lo que pague cada uno de préstamo, tanto de hipoteca, coches, etc... Si me lo puede aclarar le haré un cálculo aproximado.
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Ciencias sociales
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Gasto obra en vivienda
Mucho me temo que si la inmobiliaria no existe y no lo cubre ni el seguro ni los de mantenimiento, no podréis reclamar y tendrá que correr a vuestra cuenta.
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Derecho y Leyes
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Contrato de arrendamiento de local bar
Será suficiente con que hagáis un anexo que adjuntéis al contrato principal, lo podéis hacer incluso vosotros mismos, en el que digáis que solo sigue un arrendador con el mismo, y lo adjuntéis en el registro al original. Nada más.
