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Derecho Laboral
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Reducción de jornada
1) Tu reducción de jornada por cuidado de menor es un derecho, y no tienes nunca que poner plazos de nada. El plazo marcado por la ley es hasta el día antes de que tu hija cumpla 8 años. 2) Con preaviso, puedes variar tu horario, tu porcentaje, tu...
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Derecho Laboral
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Despido
Pues sencillamente, porque esta prohibido por la ley despedir a una trabajadora embarazada. El despido seria NULO. Por tanto, no firmes nada de nada, y si tienes que estar de baja por tu medico, lo estas, pero la empresa no puede nunca despedirte. Si...
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Chófer repartidor
Tus funciones son las que marca exactamente tu convenio, de acuerdo con tu categoría profesional. Y todo lo demás también tiene que estar contemplado en tu convenio. Pídelo, miralo bien y reclama lo que no te corresponda. Finaliza y puntúa
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¿Hasta cuándo puedo alargar la reducción de jornada?
Es un derecho, y tu reducción de jornada es hasta el día anterior en que tu hija cumpla los 8 años., y así lo marca elEstatuto de los Trabajadores. Finaliza y puntúa
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Reducción de jornada laboral voluntaria
Cuando solicites la reducción de jornada por cuidado de menor, ponlo expresamente. Hazlo por escrito, con acuse de recibo, con un preaviso de 15 días. En dicho escrito, comunicas no solicitas tu reducción, ya que es tu derecho. Puedes, dentro del...
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Presentarse para delegado de prevención
El delegado de prevención, tiene que salir de dentro del Comité de Empresa, por lo cual si no tenéis representantes, tenéis que hacer elecciones sindicales. No obstante, acude a tu sindicato, quien te dará las pautas a seguir, como afiliado. Finaliza...
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Horas de menos
1) ¿Tu reducción de jornada porque motivo es? 2) La empresa no puede nunca reducirte la jornada sin tu consentimiento. Eso es motivo de demanda por modificación sustancial de tus condiciones laborales. 3) Tu no tienes que devolver nada a la empresa,...
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Cambio de Categoría
Para nada. Es más, cualquier modificación de tus condiciones laborales son motivo de demanda. Por tanto reclama si sales perjudicado, ya que categoría y sueldo base suelen ir enlazados. Finaliza y puntúa
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15 días de contrato
Según el tipo de contrato que des de alta, y la cotización que corresponda . Entra en la página web www.seg.social.es y miralo. Finaliza y puntúa.
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Sanciones
Para nada. Es más, las sanciones debes reclamarlas siempre, para que se anulen, y no engorden tu expediente, y terminen en despido. En lo social, se hace muy poco caso a los testigos de la empresa, porque se les considera parte de la misma. Finaliza...