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Derecho Laboral
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Se puede cobrar paro y ser autónomo?
No se puede trabajar y cobrar el paro a la vez, aunque sea como autónomo
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Seguridad social
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¿Después de la baja de 365 días, cuando te vé el INSS?
También te pueden mandar un aviso de que te amplían la baja 180 días más, pero ya no tienes que ir al medico por más partes de confirmación
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Derecho Laboral
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¿Un empresario puede obligar a un empleado a coger las vacaciones por la actual situación del Covid-19?
Si tu te opones el también te puede despedir
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Seguridad social
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Necesito saber cuantos días tengo cotizados
No se cuenta por horas trabajadas, sino por días trabajados y con esos días que dices que tienes dudo que te den alguna ayuda
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Empleo
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Vacaciones laborales en contratos de seis meses
Pues puedes hacer la cuenta, son dos días y medio por mes trabajado
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incapacidad
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Renunciar a una incapacidad permanente
A la incapacidad no se puede renunciar, lo que si puedes hacer es cobrar la incapacidad hasta que te llegue la edad de jubilación y entonces eliges entre la que estas cobrando o la jubilación, la que mas te interese
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Seguridad social
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Discapacidad 65% jubilación anticipada
Pues con sos años cotizados no se puede jubilar, ella lo que tiene que hacer es cobrar su incapacidad y cuando cumpla la edad de jubilación seguirá cobrando lo mismo
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Seguridad social
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¿Incapacidad total absoluta a los 50 años?
Las incapacidades son todas revisables a cualquier edad, hasta que no cumpla los 65 años o la edad que le toque jubilarse la pueden revisar y se la pueden rebajar a total si hay mejoría, incluso hay casos que por mejoría las retiran. También es...
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Huesos y articulaciones
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¿Qué puedo hacer tras una mala operación de cadera?
Pues yo empezaría por ir a la oficina de la ss de tu zona y solicitar visita en el tribunal medico(para esto no hace falta abogado) y cuando te citen te presentas con todos los informes médicos que tengas, dependiendo de la resolución del evi(icam en...
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Discapacidades
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Nueva valoracion I.P.T por agravamiento de las patologias que dieron lugar a esta y aparecido otras nuevas
A partir de los 65 años ya no se pueden revisar las incapacidades ni a petición tuya ni a petición de la ss, puesto que ahora ya se llama pensión de jubilación
