No entiendo lo del IGA de 25 A obligatorio
Por normativa hay que poner obligatoriamente un IGA de 25 A. Si tengo contratada una potencia de 3.3, entiendo que el ICP integrado en el contador será de 16 A. ¿Esto quiere decir que cada vez que mi consumo pase de 16 A. Saltará el del contador en vez de cortar el IGA?
3 Respuestas
Veamos, sobre lo que preguntas, la función del IGA es limitar la potencia máxima de la instalación. Cuando se diseña una instalación se preveen las cargas que va a haber y, en base a eso, se establece tanto el IGA como la derivación individual así como los circuitos respectivos. El IGA además también actúa como protección del diferencial, por ello el amperaje del diferencial ha de ser igual o superior al del IGA (en tu caso es correcto puesto que tendrías un IGA de 25A y un diferencial de 40A).
Actualmente al IGA, sobre todo en cuadros pequeños, se le ha añadido la función de protección contra sobretensiones transitorias y permanentes que muchas compañías en sus normas particulares ya obligan a instalar bien incluido en el propio IGA, bien separadamente del mismo.
Actualmente la instalación de electrificación básica lleva un IGA de 25A por reglamento y cinco circuitos que pueden llegar a ser siete si se desdobla el de lavadora/lavavajillas/caldera en tres circuitos de 16A cada uno.
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Si quieres tener la instalación legalizada debes tener los circuitos separados, y al menos uno de los circuitos, el del horno y la vitrocerámica deben ir cableados con cable de 6mm2 y protegidos con un magnetotérmico de 25A.
Por lógica si tienes uno de los magnetotérmicos de 25A, los/el diferencial debería también ser de 25A (o más) y tu IGA también de 25A (o más).
El diferencial debe ser de al menos del IGA, si no podrías quemarlo con más amperaje del que puede soportar (aunque tengas contratado solo 16A) por que es el mecanismo que puede salvarte la vida, y no queremos que algo que te puede salvar la vida este quemado y no actúe.
El IGA debe ser como mínimo del magnetotérmico más alto si en el horno tienes un magnetotérmico de 25A (que es lo legal) el IGA deberá de ser al menos eso para que si un día el cable del horno soporta una vitro y un horno, puede que trabaje próximo a su limite y si el IGA es de 16A estará saltando por un consumo "normal" todo el rato.
Y ahora vamos a tu pregunta, ¿por qué no puedes poner un IGA de 16A si es lo que tienes contratado? Pues la respuesta es muy sencilla, por que el IGA no es un ICP el ICP sirve para controlar la potencia pero eso ya lo hace tu contador y si llamas a la compañía telemáticamente te pueden subir en minutos la potencia y ponerte una potencia de 25A y si tu IGA es de 16A tendrías que cambiarlo.
Pero el motivo más importante es que el IGA lo que hace es progeter tu instalación y evita que pasen más amperios de los que los cables pueden soportar. Por tanto tu haces una instalación para que luego pueda trabajar a todas las potencias hasta un limite que te lo marca el boletín. Y ese boletín te sirve para aumentar la potencia de contratación.
Antiguamente cuando querías aumentar potencia tenia que venir el técnico de la compañía a cambiar el ICP, ahora con los contadores telemáticos y las instalaciones con los IGA y magnetotérmicos que protegen los cables y no limitan la potencia de la instalación (hasta cierto punto dado que el IGA de 25A limita a 25A y el de 40A a 40A.) Puedes subir o bajar la potencia contratada con mucha facilidad.
Puede que me digas, ¿pero yo no tengo horno ni vitro para que necesito ese circuito? Pues bien lo legal es ponerlo aunque no lo uses, si un día quitas el gas e instalas un horno eléctrico tendrás la instalación hecha y si además pones vitrocerámica, la conectaras al mismo circuito del horno y quizás subiendo a 4,4Kw (20A) sea suficiente para funcionar con la vitro y el horno eléctricos. Si la instalación esta bien hecha, solo tendrás que conectar horno y vitro y llamar a la compañía para subir potencia. Si si pasados unos días ves que la vitro hace saltar el contador (no lo creo) subes a 5,7kw (25A) y solucionado.
Hola, buenas noches Albert!
En primer lugar, agradecerte las molestias tomadas en responderme.
La instalación la realicé yo, ya que la electricidad es una de mis aficiones preferidas. Con mis básicos conocimientos y no pocas búsquedas y lecturas por Internet me las he apañado.
La instalación está pendiente de Boletín, tiene los 5 circuitos separados, y el del horno con cable de 6 mm2, tubo de 25 y con un magnetotérmico de 25A (la encimera es de gas).
El diferencial es de 40A / 30mA y el IGA de 25A.
En tu explicación:
“… si en el horno tienes un magnetotérmico de 25A (que es lo legal) el IGA deberá de ser al menos eso para que si un día el cable del horno soporta una vitro y un horno, puede que trabaje próximo a su límite…”
No acabo de entender que el horno y la vitro trabajen próximos al límite de los 25A, cuando el ICP del contador es de 16A, por lo tanto, ya habría saltado mucho antes, no?
Referente a que si llamas a la compañía telemáticamente te pueden subir en minutos la potencia, yo tenía entendido que para subir la potencia tenías que presentar un boletín en cada modificación, incluso para bajarla, cosa que ya me parece ridículo. Al hilo de esto, ¿los boletines tienen un tiempo de validez?
En mi modesta opinión, creo que si pones un IGA o un magnetotérmico de menor amperaje del que le corresponde la instalación estará más protegida, lo cual debería estar permitido
Por otro lado, permíteme que discrepe de la normativa legal, pero eso de obligar a tener determinados circuitos por si acaso…, como: lavavajillas, termo, lavadora y horno, no lo veo normal, cada uno debería ser libre de tener los aparatos que desee, y cuando los tenga, entonces se le podrán exigir los circuitos que procedan. Pero bueno, sobre eso ya no se puede hacer nada…
Tú dices:
“Puede que me digas, ¿pero yo no tengo horno ni vitro para qué necesito ese circuito? Pues bien, lo legal es ponerlo, aunque no lo uses, si un día quitas el gas e instalas un horno eléctrico tendrás la instalación hecha…“
Te respondo con un ejemplo:
Al margen de la legalidad, lo que dices está fenomenal si se exige a obra nueva o cuando haces una reforma importante, pero párate a pensar… si necesitas subir la potencia, y tienes la cocina azulejada sin previsión de renovarla a corto o medio plazo, y me obligan a poner las tomas y circuitos de lavavajillas y termo los cuales no voy a instalar
¿Tú crees que se puede negar una subida de potencia cuando el resto de la instalación cumple la normativa? Yo creo que en este caso la legalidad se extralimita…
Reitero las gracias por tu respuesta, un saludo y Felices Fiestas a todos.
Te respondo una por una:
-No acabo de entender que el horno y la vitro trabajen próximos al límite de los 25A, cuando el ICP del contador es de 16A, por lo tanto, ya habría saltado mucho antes, ¿no?
Si, el contador debería cortar, aunque las compañías no les interesa cortar suministro dado que dejan de facturar y por tanto en la realidad, los contadores son muy laxos dejando pasar más potencia de la contratada (hasta un cierto punto) Seria como cerrar una tienda en el momento en que más clientes tiene, ¿lo has visto alguna vez eso? De todas formas si es un IGA debería tener los aperios adecuados a la línea que protege, no la potencia contratada, si tiene los mismos amperios que la potencia contratada es un ICP no un IGA.
-Referente a que si llamas a la compañía telemáticamente te pueden subir en minutos la potencia, yo tenía entendido que para subir la potencia tenías que presentar un boletín en cada modificación, incluso para bajarla, cosa que ya me parece ridículo. Al hilo de esto, ¿los boletines tienen un tiempo de validez?
Para bajar la potencia no hay ningún problema, llamas y te la bajan en minutos no necesitas boletín, para subirla si que hay compañías que te exigen boletín, otras conservan el boletín presentado con anteriridad y no requieren boletín para subir la potencia. Su validez es de 20 años, pero si das de baja la luz más de un año, te pueden pedir renovarlo aunque el boletín anterior no este caducado.
-En mi modesta opinión, creo que si pones un IGA o un magnetotérmico de menor amperaje del que le corresponde la instalación estará más protegida, lo cual debería estar permitido.
Si pero de lo que se trata es de montar una instalación "todo terreno" con un boletín que dure 20 años y que telemáticamente puedas subir o bajar la potencia sin tener que modificar la instalación y que por tanto se conserve el valor del boletín. Es posible que poner un IGA de 16A salte antes pero no estoy de acuerdo en que proteja más por que si los cables aguas abajo del IGA de 25A son de 6mm2 estos estarán bien protegidos.
Seria como discutir que es mejor si los triángulos o la baliza, el que hace la ley considera que es mejor la baliza pero en según que circunstancias seguro que los triángulos señalizan mejor el peligro. La ley es la ley y hay que cumplirla si no quieres problemas.
Referente al resto de la pregunta, agrupare la respuesta.
Es un poco el concepto "todo terreno" en que tu haces una instalación con todos los circuitos y te hacen un boletín que dura 20 años y en esos años tu podrías cambiarte de gas a electricidad y con una llamada de subida de potencia, si la compañía conserva tu boletín podrías cambiar de gas a electricidad sin demasiados problemas, si no tienes los circuitos tendrías que hacer la instalación.
Es cierto que si quieres aumentar potencia te pueden pedir un boletín y para tenerlo hay que hacer una instalación nueva que actualmente se puede hacer por encima de los azulejos aunque estéticamente siempre queda mejor hacerla por las paredes y te obligan a romper los azulejos de la cocina, tienes 4 opciones:
-1 hacerlo bien por las paredes y reformar la cocina.
-2 hacerlo por encima de los azulejos (más barato)
-3 buscarte un amigo/conocido que te haga un boletín haciendo la vista gorda.
-4 no cambiar nada y seguir con tu potencia actual.
Pero ten en cuenta que si no hubiera este tipo de leyes, cada uno se haría la instalación eléctrica como le apeteciera y serian más inseguras. Y no dejar subir la potencia es una de las pocas armas que tiene la administración para "obligar" a la gente a renovar las instalaciones.
Yo me compre un coche diesel que en su momento tenia etiqueta ECO y ahorraba un 33% de peajes, a los pocos años de comprarlo dijeron que mi coche ECO no era ECO y dejaron de darme ese descuento, yo contaba en unos 10 años ahorrar unos 3000€ en peajes pero no fue así, las leyes cambian y las hace el partido que gobierna, ¿qué te hace pensar que las leyes no se extralimitan o son justas?
Felices fiestas!
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I. Hola Alfredo, sólo soy habitual de la página, pero deseaba comentarle que si a través de este medio no recibiese la respuesta de un experto, en la empresa Domoelectra, el técnico Manuel Amate creo podría orientarle de primera mano o ayudarle a recabar la suficiente información.
Es posible contactar con él o su equipo mediante WhatsApp, correo electrónico, en el foro de la página. A su vez es sencillo trasladar su consulta a un experto en caso de que no reciba una respuesta durante el fin de semana, por ejemplo el experto Albert Núñez podría atenderle cuando le fuese posible.
Quisiera dejarle la información que vi al respecto, compuesta de un texto y enlaces, a pesar de ser imprecisa.
En mi caso tengo un contador digital que corta toda la energía de la vivienda al exceder el consumo como comentan en este otro artículo y en la siguiente consulta.
https://nergiza.com/me-saltara-el-icp-si-bajo-la-potencia-contratada/
https://www.foroelectricidad.net/threads/icp-limitador-de-corriente-pregunta.4720/
https://www.foroelectricidad.net/threads/ayuda-con-el-icp.2375/
Entiendo que puede no ser del todo se caso pero pienso desde mi ignorancia que usted lo ha explicado correctamente, cuando el consumo exceda de 16 A se cortará la electricidad y tendrá que bajar (primero) y subir (acto seguido) el IGA para restablecer el suministro, es el caso de mi contrato/vivienda, si bien desconozco los detalles de mi magnetotérmico pero también tenemos contratados 3.3 kW ya que la casa sólo tiene 58 Metros cuadrados.
Lo peor, según leí hace pocos años, es que pueden darse penalizaciones por exceder el consumo.
https://tuenergia.axpo.com/blog/penalizacion-exceso-potencia/
Disculpe por todas las molestias de lectura y el tipo de respuesta. Saludos. Felices Fiestas.
*El IGA debe tener una intensidad mínima de 25 amperios y se debe instalar en el cuadro eléctrico. Es el primer elemento de protección que debe estar presente en toda vivienda para garantizar la seguridad frente a sobrecargas y cortocircuitos*.
Además, a la hora de comprar esta pieza, hay que tener en cuenta que el amperaje debe ser de 25 amperios para una instalación doméstica normal. También es importante conocer si el IGA ha de ser monofásico o trifásico, ya que estos últimos suelen ser más caros.
A la hora de adquirir un IGA, es importante no confundirlo con el PCS (Protector Contra Sobretensiones). Este último es también un elemento obligatorio en la instalación y en ocasiones, este aparato se comercializa integrado con el IGA.
https://foroelectricidad.com/viewtopic.php?t=7230
https://www.domoelectra.com/funcionamiento-icp-contador-luz-digital/
https://www.domoelectra.com/como-ajustar-tu-potencia-contratada-contador-trifasico/
https://foroelectricidad.com/viewtopic.php?t=14025
Que IGA (interruptor general) tengo que instalar 25 o 40 A
https://selectra.es/energia/info/cuadro-electrico/interruptor-general-automatico
https://circuitoelectrico.com/elementos-proteccion-electrica/dispositivo-protector-sobretensiones/
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