Si tengo una hipoteca.y me quedan solo por pagar 24000 euros

Quiero vender mi piso para comprar otro. El piso actual tiene una hipoteca y me queda por pagar 24000 euros. ¿Puedo comprar otro piso y seguir pagando está hipoteca?

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Para vender esa vivienda deberá cancelar la hipoteca, que es una carga de la propiedad. Para el banco, la garantía de pago de la hipoteca es ese piso. Si ya no le perteneciera a usted, no tendría forma de ejecutar la hipoteca.

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Nada impide que usted tenga dos hipotecas, si sus ingresos y gastos permiten demostrar que puede pagarlas. Esta es una cuestión que ha de mirar con sus banco o con las entidades financieras que ofrecen hipotecas.

Tenga en cuenta, que muchas entidades, para la compra de segunda vivienda establecen otras condiciones y suelen financiar menos porcentaje que para la vivienda habitual.

Para la segunda no necesitaría hipoteca solo mantener esta primera

Cada hipoteca es independiente. No se puede pasar una hipoteca de un inmueble a otro.

Cuando venda (que no lo había visto), usted ha de cancelar la hipoteca de su actual vivienda, es más, el comprador se encargará directamente de hacer el pago al banco donde usted tiene la hipoteca.

Por lo tanto, tendrá que sacar una nueva hipoteca, en las condiciones actuales, para la compra de su nueva vivienda.

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Su vivienda está gravada con una hipoteca.

Ningún comprador y ningún banco (a ver, habrá excepciones) querrá comprar una vivienda que tenga una hipoteca. Vender su piso no hace desaparecer la carga hipotecaria. Esa perdura hasta que usted demuestre que ha pagado la totalidad de los 24000 euros y lleve a cabo la cancelación registral de la hipoteca.

Si el comprador compra el piso subsistiendo la hipoteca, su derecho (el del comprador) siempre estará en segunda posición, por debajo del banco con el que usted contrató su hipoteca.

Y lo mismo pasaría si el banco del comprador... que vamos, no concederá ninguna hipoteca al comprador si hay una previa sin cancelar. Apretará las tuercas para al comprador para convencerle a usted de que usted con el dinero que perciba de compra-venta cancele el préstamo hipotecario y cancele la carga registral. Es más, por norma ya se encarga de hacer todo eso el banco del comprador hipotecante.

Y eso en previsión de que (hipotéticamente) usted deje de pagar su préstamo hipotecario... la garantía hipotecaria apuntada en primer lugar en el registro tiene preferencia sobre cualquier otra... el comprador tendría un problema.

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