Que pasa sino quiero ir a una herencia de mis abuelos, me pueden obligar por ley

Os cuento detallado.

Mi abuelos tenia una casa muy antigua, pero mi padre y sus hermanos no hicieron aceptación de herencia en su día.

Ahora mis hermanos y primos quieren vender esta casa. Quieren que todos saquemos certificados de nacimiento y van a presentar aceptación de herencia y escriturar la vivienda y presentarla en el registro.

No quiero hacer nada con este tema, porque no me fio de ellos y tampoco quiero renunciar a la herencia, no quiero acudir a ningún acto notarial o lo que sea con ellos

La consulta es ellos pueden tramitar todo este sin mi, y si lo hacen alguna ley me puede obligar a algo, aunque sea renunciar. Es obligatorio.

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El artículo 1005 del Código Civil establece que:

"Cualquier interesado que acredite su interés en que el heredero acepte o repudie la herencia podrá acudir al Notario para que éste comunique al llamado que tiene un plazo de treinta días naturales para aceptar pura o simplemente, o a beneficio de inventario, o repudiar la herencia. El Notario le indicará, además, que si no manifestare su voluntad en dicho plazo se entenderá aceptada la herencia pura y simplemente."

Entiendo que entonces me pueden convocar al notario, para acepte o repudie la herencia, es así como lo debo entender. Gracias

Exacto. Y si usted no responde en 30 días, se entenderá que acepta la herencia (bienes y deudas).

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Un buen monólogo Multinombres !

Nunca mejor dicho ( Os cuento) sigue con tus preguntas sin sentido, Y luego intervienen tus nombres falsos contestando!

Bla, bla, bla, no te cansas si al menos ganaras € . Tiempo perdido .Reberb

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