Registrar propiedad después de compra

Un comprador de una finca, ¿podría registrar terreno si no ha estado nunca registrado?

Una asesoría nos dice que si hay dos escrituras, una de herencia de este terreno en cuestión (de padre ha hijo) y otra de compra (el hijo heredero la vende) y ya hay nuevo propietario de terreno este puede registrar?

El hijo no puede registrar sin hacer inmatriculación (coste de 2000 € y proceso de más de cinco meses con visto bueno de propietarios de linderos) pero nos dice la asesoría consultada que sí un comprador con dos escrituras la de herencia y la de compraventa puede registar.

Tengo mis dudas...

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Si un inmueble no aparece en el registro de la propiedad, el procedimiento indicado es la inmatriculación

Pero se puede escriturar sin estar registrada? o es un requisito que pida el notario una nota simple o algún documento que demuestre inscripción en registro para escritura el nuevo comprador?

Gracias

Dice que ya la tiene en la escritura de adjudicación de herencia. La inscripción en el registro de la propiedad no es obligatoria.

La pregunta es, si la puedo vender sin registrar, yo no puedo registrarla porque mi padre no la registró, pero quiero venderla y no sé si se puede, y entonces el comprador futuro tampoco podrá registrarla, cosa que es lo que preocupa, vender algo que luego el comprador no pueda registrar y tengamos problemas.

Si el comprador la adquiere sin registrar, deberá, si le interesa, realizar el expediente de inmatriculación, no veo mayor problema. Otra cosa es que no la quiera comprar si ustedes no hacen ese expediente.

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